jueves, 26 de abril de 2012

Reformamos la Ley General de Salud para dar atención médica a la población apoyada en medios electrónicos

Amigos:

Quiero comentarles que en la sesión ordinaria del pasado 17 de abril, aprobamos por 318 votos a favor y dos abstenciones, el dictamen que reforma la Ley General de Salud, con lo que se establece que la atención médica pueda proporcionarse a la población apoyada en medios electrónicos, de acuerdo con las normas oficiales que emita la Secretaría del ramo.

En las consideraciones, se expone que el derecho a la protección de la salud es social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que es además un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad. México no es ajeno a los problemas sanitarios existentes en todo el mundo, como la insuficiencia de médicos especialistas, la escasez de recursos, y el aumento de la demanda de servicios y la centralización de éstos.

Aunado a esto, la gran extensión del país, sus dificultades geográficas y, por ende, de comunicación agravan el problema. Como se mencionó, la mayor parte de los recursos de salud se encuentra centralizada en las grandes ciudades, por lo que llevarlos al resto del país muchas veces resulta muy difícil e incosteable.

A raíz de la problemática enunciada, la “telemedicina” resulta una alternativa para garantizar el derecho a la protección de la salud mediante una nueva forma de proveer los servicios sanitarios y la distribución de los recursos humanos y materiales. México ya aplica este modelo tecnológico en distintas entidades federativas, cuya finalidad es proporcionar servicios médicos de calidad y especialidad en los municipios de alta marginación.

Se menciona que a escala mundial, los servicios de salud otorgados a la población a través de este modelo tecnológico han resultado muy eficaces. Así, telemedicina, de acuerdo con el Instituto de Medicina de Estados Unidos, se define como “el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones para proporcionar y apoyar los servicios de atención a la salud cuando la distancia separa a los participantes”.

El dictamen pasó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

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