jueves, 17 de febrero de 2011

Aprobamos Reformas a la Constitución para que la trata de personas sea delito grave


Amigos y amigas:

Antier, en la Cámara de Diputados aprobamos, con mayoría calificada por 378 votos la favor, 3 en contra y 1 abstención, el dictamen que reforma los artículos 19, 20 y 73 de la Constitución Política, que faculta al Congreso de la Unión a expedir una Ley General en materia de Trata de Personas.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución, para que la trata de personas se incorpore a los delitos graves, en los cuales el juez declara oficiosamente la prisión preventiva, cuando el imputado esté siendo procesado, con fundamento en la afectación social que produce el ilícito y el riesgo de que el sujeto activo se sustraiga de la acción de la justicia.

La modificación a la fracción V del apartado C del artículo 20 de la Carta Magna, incluye dentro de los derechos de las víctimas y ofendidos por el delito de Trata de Personas, el resguardo de su identidad y datos personales, con el fin de que en el proceso penal se cumplan con las mínimas medidas de seguridad.

Se precisa que “la trata de personas requiere de un enfoque interdisciplinario y una participación más activa de los gobiernos e instituciones federales, estatales y municipales, conjuntamente con la participación de la sociedad civil”.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión, diputado Juventino Víctor Castro y Castro, expresó que la reforma estable con toda claridad el delito de trata de personas y otorga la posibilidad de crear una Ley General en la materia, en la que concurren en su combate los tres niveles de gobierno federal, estatal y municipal.

Sin la reforma constitucional, puntualizó, ninguna ley secundaria tendrá su fundamentación sólida. Agregó que actualmente privan ilícitos que pueden sujetar a los seres humanos a una restricción personal que es similar a la esclavitud, como el lenocinio, la trata y el comercio de personas.

Indicó que la tipificación legal para el castigo de los infractores que atenten contra la libertad personal está lejos de alcanzarse en su amplitud y debe procurarse perfeccionarla para beneficio de la sociedad y de sus componentes.

Se canalizó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Les presento a continuación el dictamen completo para su consulta.

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