miércoles, 28 de diciembre de 2011

Sancionaremos con 12 años de prisión el robo de identidad en el rango de fraude específico


Amigos:

Con el objeto de sancionar el robo de identidad con fines fraudulentos, en la última sesión del periodo ordinario, aprobamos con 363 votos a favor y 2 abstenciones una reforma al Código Penal Federal, para establecer una pena de 12 años de prisión a quien cometa este ilícito.

Desde la tribuna, el presidente de la Comisión de Justicia, señaló que derivado de este delito se presentan cada mes 25 mil denuncias, lo que significa 883 cada día.

Explicó que el robo de identidad con fines fraudulentos en sus diferentes variantes como la clonación de tarjetas de crédito, robo de correspondencia de usuarios o la utilización de internet y programas cibernéticos para defraudar no se tenían contemplados en los tipos penales en los que intervine la delincuencia organizada.

Por lo anterior, aseguró que las reformas harán más eficiente el proceso penal, ya que las autoridades tardan hasta 600 horas en detectar a los autores del ilícito. Aseguró que las medicaciones ayudarán a eliminar las lagunas que tiene la ley y que hasta hoy ese delito no se podían sancionar por el avance en materia tecnológica, tal es el caso de robo de identidad por internet.

Agregó que el área de Tecnología en Implementación de Seguridad Biométrica del IPN señaló que en los últimos tres años se agravó el delito de robo de identidad, que anualmente deja pérdidas por casi 9 millones de dólares y instituciones públicas y privadas.

Se indicó que ante la elevada incidencia de fraude, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros emite diversos comunicados para prevenir sobre las diversas modalidades en que se presenta la sustracción de datos personales con fines fraudulentos.

El documento enviado al Senado de la República, señala que las sanciones se impondrán para quien “al cometer este delito utilice indebidamente cualquier tipo de identificación, o clave de identificación personal bancaria, o cualesquier otro documento identificatorio que pertenezca a otro”.

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