viernes, 23 de septiembre de 2011

Reformamos el Código de Comercio para agilizar notificaciones sobre remates de bienes

Amigos:

Deseo comentarles que en la sesión del pasado 20 del presente, avalamos reformar el artículo 1411 del Código de Comercio, para que el anuncio de bienes en remate en un juicio mercantil se notifique en un periódico de amplia circulación en la entidad federativa donde sea el juicio, toda vez que la publicación en el Diario Oficial de la Federación conlleva altos costos.

En el documento, aprobado con 370 votos favor, cero en contra y dos abstenciones, se establece que presentado el avalúo y notificadas las partes para que ocurran al juzgado, se anunciará en la forma legal la venta de los bienes, por tres veces, dentro de tres días, si fuesen muebles, y dentro de nueve si fuesen raíces.

Dichas modificaciones, se señala, son de gran importancia para propiciar una mejor instrumentación, aplicación, claridad y efectividad en la interpretación de la Ley Mercantil, lo que otorgará certeza jurídica, agilidad y eficiencia a los procesos mercantiles.

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