martes, 18 de octubre de 2011

Respaldamos en el Pleno incrementar sanciones por publicidad engañosa

Amigos:

En nuestra sesión del pasado 6 de octubre, avalamos reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor para incrementar las sanciones a quienes difundan publicidad engañosa o abusiva de bienes, productos o servicios.

En el dictamen se precisa que las multas irán de 596 pesos a 2 millones 333 mil 490 pesos, y cuando sean particularmente graves de 119 mil 326 pesos a 3 millones 341 mil 134 pesos.

Asimismo, cuando sean particularmente graves, serán sancionadas con multa de hasta un 10 por ciento de los ingresos brutos anuales del infractor obtenidos por la comercialización del producto; o con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de noventa días.

Se consideran casos graves cuando se pone en peligro la vida, salud o seguridad, como lo establece la ley; además, cuando la información del producto o servicio que pudiendo o no ser verdadera, induzcan a error o confusión al consumidor por la forma falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presente.

El dictamen se devolvió al Senado de la República para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.

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