miércoles, 14 de marzo de 2012

La Cámara de Diputados podrá emitir opinión sobre reglas de operación de programas del Ejecutivo Federal, aprueban reforma

Amigos:

Quiero hacer de su conocimiento que en la sesión ordinaria del pasado 23 de febrero aprobamos, con 277 votos a favor el dictamen que adiciona tres párrafos al artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social para que la Cámara de Diputados, a través de sus comisiones ordinarias pueda emitir opinión sobre las reglas de operación publicadas por el Ejecutivo Federal.

En tribuna se destacó que el dictamen adiciona tres párrafos al artículo 26 de la Ley General de Desarrollo Social para hacer más eficientes los recursos aprobados por la Cámara de Diputados para programas impulsados de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol). El conocimiento de las condiciones en las que viven los representados de cada uno de nosotros, sus diputados, aportará importantes elementos que contribuirán al diseño de mejores reglas de operación para los programas sujetos al área de desarrollo social.

Por lo anterior el primer párrafo del artículo 26 mencionado señala lo siguiente: “La Cámara de Diputados, a través de la comisión ordinaria que en razón de su competencia corresponda, emitirá opinión sobre las reglas de operación publicadas por el Ejecutivo Federal en los términos del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Dicha opinión deberá fundarse y motivarse conforme a los criterios a que se refiere el proyecto de Presupuesto”.

El segundo párrafo adicionado señala que en caso de que las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados no emitan su opinión a más tardar el 15 de febrero del ejercicio en curso, se entenderá como opinión favorable.

El tercer párrafo destaca : “el Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia a cargo del programa sujeto a reglas de operación correspondiente, dará respuesta a la Cámara de Diputados en un plazo que no excederá de 30 días naturales posteriores a la recepción de la opinión respectiva, realizando las adecuaciones que procedan. Si la respuesta no fuere favorable, la dependencia o entidad deberá fundar y motivar las razones técnicas por las que no se considera la opinión”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario