martes, 20 de marzo de 2012

Reformamos la Ley General de Salud para un mayor control de establecimientos mercantiles

Amigos:
Quiero informarles que en la sesión del pasado 13 de marzo, aprobamos con 315 votos a favor el dictamen que reforma los artículos 47 y 200 bis de la Ley General de Salud, a fin de que los establecimientos avisen a la autoridad sanitaria 30 días antes del inicio de operaciones, para que se verifique que los productos no representan ningún riesgo a la salud.

El dictamen enviado al Senado de la República señala que las empresas que representen un riesgo para la salud por la venta de alimentos, bebidas, medicamentos, suplementos alimenticios, productos cosméticos, así como de otras sustancias; deberán entregar un aviso previo al inicio de operaciones, para verificar que no existan riesgos para la salud.
En el aviso de funcionamiento se deberá incluir como datos, la descripción de los productos, incluyendo el nombre de todos los ingredientes que los componen, modo de empleo, muestra de la etiqueta original, información con la que se comercialice y en su caso monografía y fórmula cuantitativa para aquellas sustancias no comunes. Para el caso de productos que contengan plantas se incluirá además el nombre científico de las mismas.

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