miércoles, 23 de noviembre de 2011

Validamos dictamen para sancionar publicidad engañosa de “productos milagro”

Amigos:

En la sesión del pasado jueves 17 de noviembre, avalamos reformas a la Ley General de Salud para elevar las sanciones a los fabricantes de los llamados “productos milagro”, al establecer una multa de hasta cinco por ciento de las ventas anuales obtenidas por estas empresas.

Con 252 votos a favor, cero en contra y una abstención, se estableció también que dichos productos no podrán publicitarse hasta que no cumplan con los requisitos aplicables a la clasificación sanitaria bajo la cual se ostentan, y obligar de esta manera a que el productor cumpla con los requisitos de la autoridad sanitaria.

Al fundamentar el dictamen, mi compañero, el diputado Miguel Antonio Osuna Millán mencionó que los “productos milagro” son aquellos que prometen, mediante publicidad distorsionada, curar enfermedades y padecimientos de manera inmediata y sin ningún esfuerzo por parte del consumidor.

Destacó que la promoción y comercialización de éstos no son un tema reciente, pues desde hace varios años “hemos venido viendo anunciándose todo tipo de remedios a los cuales se les atribuyen alivios casi instantáneos, siendo que un mismo remedio alivia desde un resfriado simple hasta un mal crónico-degenerativo”.

Estas empresas, subrayó, basan el éxito de sus productos en la publicidad y difusión para seducir a sus potenciales clientes, al asegurar que lo ofrecido está probado en diversos hospitales de países, incluso, del primer mundo y que se encuentran disponibles en las farmacias de prestigio del país.

Osuna Millán mencionó que la publicidad de estos productos es vista, por una gran parte de la población en México, ya que utilizan medios de comunicación masiva, lo que les permite tener un gran nicho de mercado, “lo cual nos ilustra acerca de la penetración social que han tenido entre la población y la repercusión potencial en daños a la salud”.

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