lunes, 27 de febrero de 2012

Aprobamos incluir el término accesibilidad como otro índice para medir la pobreza

Amigos:
Quiero informarles que en la sesión ordinaria del pasado 14 de febrero, aprobamos reformas a la Ley General de Desarrollo Social para que en la medición de la pobreza de comunidades y localidades, se consideren sus dificultades de acceso físico, lo cual permitirá determinar mejor los problemas que enfrenta gran parte de la población vulnerable.
El dictamen, aprobado con 286 votos a favor, cero en contra y una abstención, modificó el artículo 36 de esta ley, para el cual establece que se tomará en cuenta el grado de “accesibilidad” dentro de los indicadores de medición de pobreza que aplican las entidades y dependencias públicas que participan en la ejecución de programas de desarrollo social.
El documento señala que la “accesibilidad” debe entenderse como una red de infraestructura física que permite movilizar bienes, servicios, información y personas entre distintos puntos del territorio. Además brinda a las comunidades más alejadas del país acceso a infraestructura de salud y educación.
Considera que la accesibilidad permite establecer relaciones y tiene como meta el crecimiento económico, la competitividad y el desarrollo humano de los pueblos.

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