La
Comisión Permanente del Congreso de la Unión realizó la Declaratoria de
Aprobación de la Reforma Política, y la remitió al Diario Oficial de la
Federación para su publicación.
Notimex
La
Comisión Permanente del Congreso de la Unión realizó la Declaratoria de
Aprobación de la Reforma Política, y la remitió al Diario Oficial de la Federación
para su publicación.
El
presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, José
González Morfín, dio fe de la recepción de la mayoría de votos obtenidos de 17
Congresos locales que aprobaron dicho decreto de reforma
constitucional.
Al
solicitar a los presentes ponerse de pie para hacer la declaratoria indicó: “a
efecto de dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 135 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y una vez computado el
voto de la mayoría de las legislaturas estatales, la Comisión Permanente
declara:
“Se
aprueba el decreto que reforma los artículos 35, 26, 71, 73, 74, 76,
78, 83, 84, 85, 89 y 122, y adiciona los artículos 35, 71, 73,
84,87, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en
materia de Reforma Política. Se remite al Diario Oficial de la Federación para
su publicación”.
El
presidente del Senado dio a conocer que seguirán atentos para la recepción de
más votos que emitan los congresos restantes sobre estas reformas
constitucionales.
Podrá
rendir protesta en caso de crisis...
Con la
aprobación de dichas reformas, el próximo presidente de la República
podrá rendir protesta aun en situaciones de crisis, pues da dos
opciones para la toma de protesta, como son el Palacio Legislativo de San
Lázaro, en sesión de Congreso general, o en la Suprema Corte de la Nación.
Los
estados que ya aprobaron la reforma constitucional son: Aguascalientes, Baja
California, Campeche, Chihuahua, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Morelos,
Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
La
reforma determina
-En su
Artículo 87 que, “si por cualquier circunstancia el Presidente no pudiere
rendir la protesta en los términos del párrafo anterior, lo hará de inmediato
ante las Mesas Directivas de las Cámaras del Congreso de la Unión”.
-Establece
que “en caso de que el Presidente no pudiere rendir la protesta ante el
Congreso de la Unión, ante la Comisión Permanente o ante las Mesas Directivas
de las Cámaras del Congreso de la Unión, lo hará de inmediato ante el
presidente de la Suprema Corte de Justicia”.
Otras
reformas aprobadas son
-Las
figuras de participación ciudadana
-Candidaturas
independientes
-Consulta
popular e iniciativa ciudadana
Ejecutivo
presentaría dos iniciativas preferentes
Otra
facultad al ejecutivo es “iniciativa preferente”, con lo que el día de apertura
de sesiones del periodo ordinario de sesiones, él podrá presentar hasta
dos iniciativas para trámite preferente o anunciar con ese carácter
hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén
pendientes de dictamen.
La Reforma otorga al Senado nuevas facultades de
ratificación de los titulares de los órganos reguladores del Estado como son la Comisión
Federal de Competencia (Cofeco), Comisión Federal de Telecomunicaciones
(Cofetel), Comisión Reguladora de Energía y otros.
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