viernes, 6 de mayo de 2011

Reformamos la Ley General de Salud en el ámbito de arbitraje médico



Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del pasado 26 de abril, avalamos reformar el artículo 54 de la Ley General de Salud para establecer que los usuarios podrán agotar las instancias de conciliación establecidas en los reglamentos y demás disposiciones aplicables, antes de acudir a los tribunales competentes a hacer valer sus derechos, como un requisito de procedibilidad.

En el dictamen aprobado con 399 votos en pro, 10 en contra y 2 abstenciones, se señala que debe darse un espacio más amplio a la solución de conflictos mediante la conciliación o el arbitraje, dejando a salvo los derechos de los usuarios a efecto de que puedan hacerlos valer ante las autoridades competentes, sin contravenir lo dispuesto en nuestra Carta Magna.

Al fundamentar el dictamen, se precisó que la reforma tiene como propósito establecer que los usuarios de los servicios de salud al presentar sus quejas, reclamaciones y sugerencias tengan como requisito de procedibilidad que deben agotar las instancias de conciliación establecidas en los reglamentos y demás disposiciones aplicables por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed), antes de acudir a otros tribunales competentes.

Se refirió que en un principio los pacientes que tenían alguna inconformidad con la atención médica recibida o el resultado de algún tratamiento médico o quirúrgico acudían a la Conamed; sin embargo, actualmente esta práctica ha quedado atrás.

Mi compañero, el diputado Miguel Antonio Osuna Millán enfatizó que el objetivo de la reforma es permitir al usuario de los servicios de salud elegir entre acudir a los tribunales competentes para hacer valer sus derechos, antes de agotar o al agotarse las instancias de conciliación establecidas en los reglamentos y demás disposiciones aplicables.

Refirió que de acuerdo con datos de la Conamed, durante 2010 se realizaron 654 gestiones, con relación a las 580 durante 2009. “La mayor cantidad de quejas se derivan de inconformidad con el tratamiento médico quirúrgico, seguido del diagnóstico y de las quejas derivadas de la relación médico-paciente”.

Por ello, dijo, es necesario mejores disposiciones legales a los usuarios para que puedan encontrar una respuesta adecuada a sus inconformidades.

El dictamen se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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