Amigos:
Quiero comentarles que también avalamos, con 300
votos a favor, 8 en contra y 4 abstenciones, un dictamen impulsado por la
Comisión de Justicia que reforma el artículo 60 del Código Penal Federal, para
que en caso de delitos culposos, se establezca como sanción máxima de tres años
el derecho para ejercer profesión, oficio, autorización, licencia o permiso.
En tribuna, nuestra postura la hizo patente mi
compañero Ovidio Cortazar Ramos. Explicó que la ley actualmente señala como
tiempo máximo de sanción 10 años, lo que al parecer de los integrantes de la
comisión es excesivo.
“Toda vez que se trata de delitos culposos y que el
sujeto activo no quiere cometer el hecho previsto en la norma, pero lo realiza
por no prever siendo previsible, esto es, por inobservancia del debido cuidado,
por tanto, es excesivo que la suspensión para ejercer profesión, oficio,
autorización, licencia o permiso sea de diez años”, puntualizó.
Más aún, destacó, que sea una privación definitiva
de los mismos, tomando en cuenta que durante este lapso el sujeto se aparta de
la práctica de su profesión y se vuelve proclive a desviar su atención para
empezar a delinquir por falta de oportunidades y por la necesidad de mantenerse
a sí y a los suyos.
Se envió al Senado para sus efectos
constitucionales.
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