miércoles, 9 de mayo de 2012

Avalamos sancionar hasta con tres años cuando haya delito culposo

Amigos:
Quiero comentarles que también avalamos, con 300 votos a favor, 8 en contra y 4 abstenciones, un dictamen impulsado por la Comisión de Justicia que reforma el artículo 60 del Código Penal Federal, para que en caso de delitos culposos, se establezca como sanción máxima de tres años el derecho para ejercer profesión, oficio, autorización, licencia o permiso.
En tribuna, nuestra postura la hizo patente mi compañero Ovidio Cortazar Ramos. Explicó que la ley actualmente señala como tiempo máximo de sanción 10 años, lo que al parecer de los integrantes de la comisión es excesivo.
“Toda vez que se trata de delitos culposos y que el sujeto activo no quiere cometer el hecho previsto en la norma, pero lo realiza por no prever siendo previsible, esto es, por inobservancia del debido cuidado, por tanto, es excesivo que la suspensión para ejercer profesión, oficio, autorización, licencia o permiso sea de diez años”, puntualizó.
Más aún, destacó, que sea una privación definitiva de los mismos, tomando en cuenta que durante este lapso el sujeto se aparta de la práctica de su profesión y se vuelve proclive a desviar su atención para empezar a delinquir por falta de oportunidades y por la necesidad de mantenerse a sí y a los suyos.
Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

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