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miércoles, 21 de diciembre de 2011

Aprobamos una reforma al Código de Comercio, que establece las reglas para el juicio oral mercantil


Amigos:

Por este conducto, quiero comunicarles que en la sesión ordinaria del pasado 15 de diciembre, aprobamos el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio, que establece las reglas para el juicio oral mercantil.

Este dictamen agiliza el sistema procesal mercantil porque contempla modificaciones al procedimiento oral mercantil.

Establece que los juicios se oralicen cuando su monto principal sea menor de 500 mil pesos, el monto anterior debe de ser actualizado anualmente, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Secretaría de Economía.

El juez que presidirá las audiencias deberá estar dotado de todos los mecanismos de control y rectoría que le permitan llevar la mejor conducción en el juicio, además de que las promociones de las partes deberán ser orales y durante las audiencias únicamente la demanda, la contestación y en su caso la reconvención, se realizará de manera escrita.

El dictamen, aclara cuándo podrá reclamarse la nulidad del emplazamiento y la de la audiencia del juicio, también precisa que las actualizaciones se registrarán en medios electrónicos o cualquier otro idóneo a juicio del juez, para garantizar la fidelidad e integridad de la información.

Propone establecer que el monto para considerar inapelable una resolución será aquél menor a 300 mil pesos; además que la Secretaría de Economía será la encargada de actualizar cada año por inflación el monto y publicarlo en el DOF.

Establece que la apelación no procede en juicios mercantiles cuando, por su monto, se ventilen en los juzgados de paz; o de cuantía menor cuando sea inferior a 500 mil pesos; precisa que en el juicio oral mercantil las resoluciones pronunciadas no procederá recurso ordinario alguno.

miércoles, 2 de noviembre de 2011

Validamos cambios al Código de Comercio. Se eliminan los contratos y pólizas de seguros como documentos base de demandas en juicios mercantiles

Amigos:

Les comento que en la sesión del 13 de octubre aprobamos un dictamen para modificar el Código de Comercio y eliminar los contratos y pólizas de seguros como documentos base de demandas en juicios mercantiles.

En el documento avaló con 332 votos, se establece que con la derogación de la fracción V del artículo 1391 de ese ordenamiento, se plantea eliminar disposiciones que no tienen aplicación real y que generan confusión.

Se agrega que la reforma concuerda con el pronunciamiento de la Suprema Corte, que señala que ni los contratos de seguro ni las pólizas respectivas constituyen un documento que traiga aparejada ejecución para efectos de la procedencia de la vía ejecutiva mercantil.

Por la Comisión de Economía, mi compañero, el diputado Sergio Gama explicó que el Código de Comercio data de la época del porfiriato, y contenía en sus inicios los dispositivos que regulaban toda la actividad mercantil y financiera de la nación, además de que a lo largo de los años ha tenido diversas modificaciones.

Mencionó que la fracción V del artículo 1391 vigente ya es inoperante en la realidad. Mientras, por el PAN, el diputado José Luis Iñiguez Gámez dijo que con la aprobación del dictamen se fortalece la defensa de los derechos de los consumidores en la medida que habrá mayor claridad y certeza en las disposiciones y alcances del contrato.

Fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.