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martes, 6 de marzo de 2012

Avalamos reforma a la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas que garantiza becas a hijos de militares

Amigos:


Quiero comentarles que en la sesión ordinaria del pasado 16 de febrero, aprobamos con 266 votos a favor la reforma a la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas que garantiza la continuidad del programa de otorgamiento de becas de manutención, colegiatura y becas especiales a los hijos de militares.


La beca de manutención tendrá por objeto la asignación de una cuota mensual para los hijos de los militares en activo que se encuentren cursando estudios a nivel medio superior y superior, en escuelas públicas.


En tanto que la de colegiatura, cubriría el 100 por ciento del costo de la inscripción y demás gastos obligatorios inherentes a la currícula, para los hijos de los militares en activo que se encuentren cursando estudios a nivel medio superior y superior en escuelas privadas con registro de validez oficial de estudios.


Las becas especiales tienen por objeto fomentar la educación de las hijas y los hijos que padezcan un grado de discapacidad física o mental, transitoria o permanente; del personal en activo, cubriendo el 100 por ciento del costo de la inscripción, colegiatura y demás gastos obligatorios inherentes de una institución de atención especial, o plantel educativo del sistema nacional, en todos sus niveles.


La adición de tres fracciones en el artículo 18 y de un artículo 138 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, permitirá asegurar el otorgamiento de las becas de manutención, colegiatura y becas especiales con el fin de garantizar la educación de los hijos de militares.


Cabe señalar que actualmente el programa de apoyo de becas a hijos de militares ya existe; dicho programa no se encuentra contemplado en la ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, como una obligación, por lo que el dictamen da certeza jurídica al mismo con el fin de evitar que ese beneficio se extinga al concluir el sexenio y con ello perjudique la formación educativa de los hijos de los militares en servicio activo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Los anteriores beneficios tienen como finalidad reconocer la entrega de los hombres y mujeres que integran las Fuerzas Armadas, propiciando así el sentido de permanencia, y con ello abatir la deserción del personal, fomentando una mayor entrega al servicio”, señala el dictamen.

jueves, 2 de febrero de 2012

Reformamos la Ley del ISSFAM

Amigos:

En la Cámara de Diputados aprobamos, con 288 votos a favor, tres en contra y una abstención, el dictamen que reforma el artículo 89, en su primer párrafo, de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, a fin de sustituir el término aritmético multiplicar por el de sumar, con la finalidad de calcular correctamente la suma asegurada para el pago de pensiones a militares.

El artículo 89 de la Ley del ISSFAM vigente es impreciso en el cálculo para el pago del Seguro Colectivo de Retiro (Secore), toda vez que ordena que se debe hacer mediante lo que resulte de multiplicar el haber y sobrehaber mensual mínimo vigente para las Fuerzas Armadas a los militares que tengan derecho.

Se menciona que de aplicarse la multiplicación en el cálculo correspondiente, las finanzas del ISSFAM serían afectadas drásticamente.

Mi compañero, el diputado Camilo Ramírez Puente, manifestó que se trata de una reforma que dará fortaleza y certidumbre al cuerpo normativo de las fuerzas armadas, ya que no sólo esclarece el alcance del artículo 89 sino que determina cuál es la forma de establecer las pensiones. No es por lo tanto, dijo, un asunto trivial.

El dictamen aprobado se turnó a la Cámara de Senadores para su trámite correspondiente.