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viernes, 27 de julio de 2012

Concesionarios de telefonía fija o móvil deberán instalar instrumentos de medición sobre consumo de llamadas

Amigos:

En la sesión ordinaria del pasado 22 de septiembre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 290 votos a favor, 22 en contra y 4 abstenciones, el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en el que se establece la obligación de los concesionarios de las redes de telefonía a establecer instrumentos de consulta gratuita y permanente que permitan al usuario conocer el nivel de consumo de su línea fija o móvil.

En las consideraciones se señala que la reforma brindará certeza jurídica y económica de lo que tendrán que pagar por la utilización de la línea telefónica, servicio que se ha convertido en un elemento trascendental en la sociedad actual.

El dictamen precisa que el teléfono se ha constituido como herramienta fundamental de comunicación entre los seres humanos, no obstante la adopción de tecnologías basadas en esta invención que ahora hacen ver al teléfono como un medio de comunicación no tan moderno.

Señala que en nuestro país se tienen registradas 19 millones 430 mil líneas telefónicas fijas, lo que indica que es una herramienta muy importante para la comunicación de los mexicanos.

Por otra parte, se expone que los integrantes de la Comisión de Comunicaciones coinciden planamente con el diputado proponente, respecto de la importancia de las Tecnologías de Información en la sociedad actual.

“Estudios recientes demuestran que, a mayor competitividad de un país, mayor capacidad en tecnologías de información y viceversa. Las tecnologías de información son un mercado mundial que entre 2003 y 2009 creció a una tasa anual compuesta de 6.75 por ciento, lo que representa un mercado con valor de 3,518 billones de dólares”, señala.

Según datos de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, hasta 2010 existían más de 19.5 millones de líneas telefónicas fijas, lo que representa una densidad de 17.5 líneas por cada 100 habitantes.

La reforma al artículo 44 en su apartado 7 BIS queda entonces de la siguiente manera: “Los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones deberán disponer de instrumentos o mecanismos técnicos de consulta gratuita, permanente e inmediata, que permitan al usuario desde su equipo terminal conocer el nivel de consumo preciso en moneda nacional de su línea telefónica fija o móvil”.

El dictamen pasa al Senado para sus efectos constitucionales. 

martes, 3 de julio de 2012

Aprobamos reformas para localizar celulares en tiempo real cuando se trate de un secuestro o extorsión. Se inhibirá el uso de telefonía móvil en centros penitenciarios



Amigos:

Por este medio, quiero comentarles que en la sesión del 1 de marzo, con el propósito de combatir los secuestros, extorsiones o amenazas, aprobamos reformas para que los celulares utilizados para cometer dichos ilícitos sean localizados en tiempo real, además de inhibir el uso de estos equipos en los centros penitenciarios.

El dictamen señala que se impondrá de uno a 5 años de prisión y de mil a 10 mil días de multa, a la autoridad que utilice los datos e información relacionados para fines distintos y de 250 a 2 mil 500 días de multa a permisionarios y concesionarios que se rehúsen a colaborar con la autoridad en las investigaciones.

El presidente de la Comisión de Justicia, Humberto Benítez Treviño, dijo desde tribuna que se trata de inhibir el uso de teléfonos celulares desde el interior de los 429 centros penitenciarios que hay en el país. Señaló que cada día se realizan 6 mil llamadas de extorsión desde el interior de los reclusorios aun cuando su uso está prohibido por el grado de corrupción al interior.

Desde la tribuna, el diputado Benítez Treviño, respondió a las declaraciones del empresario Alejandro Martí, quien acusó la lentitud de la Cámara de Diputados para aprobar este dictamen, dijo que “este asunto no tiene un año, y tiene escasos cinco meses en que la Mesa Directiva lo turnó a las Comisiones de Justica, Comunicaciones y Seguridad Publica”.

Avalamos establecer mecanismos legales que obliguen a los concesionarios o permisionarios del servicio de telecomunicaciones realizar el bloqueo de los teléfonos celulares reportados como robados o extraviados a fin de evitar que sean utilizados para ilícitos.

El dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Códigos Federal de Procedimientos Penales, y Penal Federal, así como de las Leyes Federal de Telecomunicaciones, la que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece derogar el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut).

Se determina que los concesionarios y permisionarios deberán garantizar que los equipos de comunicación móvil cuenten con una combinación de teclas que al ser digitadas permitan a los clientes o usuarios enviar señales de auxilio; a su vez los centros penitenciarios deberán bloquear o anular las señales de telefonía móvil o radiocomunicación dentro del perímetro de aquellos.

El documento, remitido al Ejecutivo para su publicación, precisa que las señales de auxilio serán enviadas de forma automática a un sistema nacional de atención de emergencias a fin de garantizar la intervención oportuna de las autoridades de la federación, de las entidades federativas o de los municipios. 

lunes, 10 de octubre de 2011

Aprobamos reformas para que las compañías de telefonía celular incluyan el cobro por segundo


Amigos:

Quiero comentarles una buena noticia. El pasado 6 de octubre, en la sesión de la Cámara de Diputados aprobamos reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones para que los concesionarios o permisionarios de servicios de telecomunicación incluyan planes o paquetes con la modalidad de cobro por segundo.

El documento que aprobamos adiciona un segundo párrafo de la citada ley, para legislar en beneficio de los usuarios no sólo en el sector de telefonía móvil y fija, sino en toda la industria de las tecnologías de información.

Señala que gracias a la libertad tarifaria que prevalece, los concesionarios y permisionarios tienen el incentivo para armar o diseñar diferentes ofertas a los consumidores, las cuales incluyen cobro por minuto, por capacidad o por evento.

La adición plantea que en el caso de servicios de telecomunicaciones los concesionarios y permisionarios deberán incluir dentro de su oferta comercial de planes y tarifas, el cobro por segundo, sin perjuicio de otros que se basen en el cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra modalidad.

En el dictamen se precisa que con esto se logra que los consumidores finales puedan elegir, entre diferentes opciones, la que más se ajuste a sus necesidades.

Se menciona que el redondeo es un sistema de cobro que ha permitido a las compañías de celulares obtener ganancias extraordinarias por un tiempo de servicio que no prestaron. Según estimaciones, cada usuario hace en promedio cinco llamadas por día, de las cuales la mayoría utiliza 30 segundos, que son cobrados como minuto completo.

Para 2007 los 61 millones de usuarios pagaron 30 segundos de tiempo no utilizado; es decir, en promedio, 2.85 pesos más, ya que el minuto tenía un costo aproximado de 5.70 pesos. Esto implica que cada cliente pagó por las cinco llamadas 14.25 pesos al día, por un servicio que no recibió, se añade.

Esto significa, se agrega, que 61 millones de usuarios proporcionaron, durante 2007, a las empresas de telefonía celular 869 millones de pesos diarios y 317 mil millones de pesos anuales, por ganancias extraordinarias.

El dictamen fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

martes, 27 de septiembre de 2011

Aprobamos que concesionarios de telefonía fija o móvil deberán instalar instrumentos de medición sobre consumo de llamadas


El pasado 22 de septiembre, en el Pleno de la Cámara de Diputados aprobamos con 290 votos a favor, 22 en contra y 4 abstenciones, el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en el que se establece la obligación de los concesionarios de las redes de telefonía a establecer instrumentos de consulta gratuita y permanente que permitan al usuario conocer el nivel de consumo de su línea fija o móvil.

En las consideraciones se señala que la reforma brindará certeza jurídica y económica de lo que tendrán que pagar por la utilización de la línea telefónica, servicio que se ha convertido en un elemento trascendental en la sociedad actual.

El dictamen precisa que el teléfono se ha constituido como herramienta fundamental de comunicación entre los seres humanos, no obstante la adopción de tecnologías basadas en esta invención que ahora hacen ver al teléfono como un medio de comunicación no tan moderno.

Señala que en nuestro país se tienen registradas 19 millones 430 mil líneas telefónicas fijas, lo que indica que es una herramienta muy importante para la comunicación de los mexicanos.

Por otra parte, se expone que los integrantes de la Comisión de Comunicaciones coinciden planamente con el diputado proponente, respecto de la importancia de las Tecnologías de Información en la sociedad actual.

“Estudios recientes demuestran que, a mayor competitividad de un país, mayor capacidad en tecnologías de información y viceversa. Las tecnologías de información son un mercado mundial que entre 2003 y 2009 creció a una tasa anual compuesta de 6.75 por ciento, lo que representa un mercado con valor de 3,518 billones de dólares”, señala.

Según datos de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, hasta 2010 existían más de 19.5 millones de líneas telefónicas fijas, lo que representa una densidad de 17.5 líneas por cada 100 habitantes.

La reforma al artículo 44 en su apartado 7 BIS queda entonces de la siguiente manera: “Los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones deberán disponer de instrumentos o mecanismos técnicos de consulta gratuita, permanente e inmediata, que permitan al usuario desde su equipo terminal conocer el nivel de consumo preciso en moneda nacional de su línea telefónica fija o móvil”.

El dictamen pasa al Senado para sus efectos constitucionales.