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viernes, 20 de julio de 2012

Avalamos minuta de exención de ISR a jubilados y pensionados



Amigos:

El pasado 11 de abril avalamos con 287 votos a favor y 2 en contra la minuta que remitió el Senado de la República, que reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para subir a 15 salarios mínimos la exención del pago de ese gravamen a jubilados y pensionados.

Cabe recordar que nosotros los diputados habíamos planteado que la medida beneficiaría a quienes percibieran hasta 25 salarios mínimos, aunque los senadores consideraron que ese universo de cobertura dañaría los ingresos del gobierno federal que se pueden ir a otros programas, por lo que modificaron el texto para dejarlo en 15 salarios mínimos.

Con esto, se modifica la legislación actual que determina que quedan exentos del pago de ISR los pensionados y jubilados que obtienen hasta 9 salarios mínimos.

Para poder discutir dicha minuta, aprobamos en votación económica el acuerdo de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) para modificar el orden del día y dispensar los trámites a la minuta que reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y considerarla de urgente resolución. 

jueves, 7 de junio de 2012

Reformamos leyes del IMSS e ISSSTE para que jubilados y pensionados sean sujetos de créditos bancarios


La Cámara de Diputados avaló la minuta que reforma las leyes del Instituto Mexicano de Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado que establece que jubilados y pensionados pueden ser sujetos de créditos bancarios.

El dictamen aprobado por 280 votos a favor, 18 en contra y cuatro abstenciones, señala que “los descuentos a la pensión no podrán exceder del treinta por ciento de la pensión ni implicar que la cuantía de la pensión se reduzca a una cantidad inferior a la pensión garantizada establecida en esta Ley”.

En cuanto a los gastos que se generen por control, descuentos y entrega o transferencia de los importes relativos a los préstamos otorgados por las Entidades Financieras, serán cubiertos por éstas al PENSIONISSSTE o la aseguradora o administradora de fondos para el retiro de que se trate.

Para los asegurados que estén bajo el régimen de la Ley del Seguro Social que obtengan una pensión definitiva por invalidez y vida o por riesgos de trabajo, así como aquellos que gocen de una pensión por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, podrán optar por que, con cargo a su pensión, se cubran los créditos que les hayan sido otorgados por las Entidades Financieras a que se refiere la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. 

lunes, 19 de diciembre de 2011

Aprobamos reforma a leyes del IMSS e ISSSTE para ampliar préstamos a jubilados y pensionados

Amigos:

Quiero comentarles que, en la sesión del pasado 15 de diciembre, avalamos reformas para ampliar el beneficio de préstamos a jubilados y pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

El dictamen busca ampliar la gama de servicios financieros como préstamos personales y tarjetas de crédito, para pensionados y jubilados del IMSS e ISSSTE.

Las reformas a diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, establece que “los asegurados que obtengan una pensión definitiva por invalidez y vida o por riesgos de trabajo, así como aquellos que gocen de una pensión por retiro, edad avanzada o vejez, tiene derecho a obtener préstamos, con cargo a su pensión, otorgadas por las entidades financieras a que refiere la ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros”.

Dichas entidades deberá comunicar al Instituto las condiciones generales del préstamo, incluyendo el costo anual total que será aplicado para que sea dado a conocer a los pensionados y jubilados.

El documento enviado al Senado de la República y aprobado por 272 votos a favor, establece que los gastos que se generen por control, descuentos y entrega o transferencia de los importes relativos a los préstamos otorgados por las instituciones bancarias serán cubiertos por el Instituto.

viernes, 13 de mayo de 2011

Aprobamos reformas a la Ley del Seguro Social para establecer el monto de pensiones

Amigos:

En la última sesión ordinaria en la Cámara de Diputados, aprobamos por unanimidad, el dictamen que adiciona un párrafo tercero al artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, para dar certidumbre jurídica al monto de las pensiones de los trabajadores.

Con la reforma se busca equilibrar lo que se cotiza y lo que se recibe como pensión. Además se establece un equilibrio en las disposiciones de ley, al cambiar el sistema pensionario que dejó incongruencias y lagunas y que ha vulnerado los derechos de algunos trabajadores.

En el documento se precisa que la Ley del Seguro Social vigente, con un sistema pensionario basado en cuentas individuales, en su artículo 25 transitorio señala que al inicio de su vigencia el máximo de aportación obrero-patronal sería equivalente a 15 veces el salario mínimo, límite que se incrementaría en un salario mínimo cada año subsecuente, hasta llegar en el 2007 a los 25 salarios.

Se añade que desde 1997, en algunos casos el IMSS calculó la cuantía de la pensión con el promedio de las últimas 250 semanas de haber cotizado, aun cuando éste fuera superior al límite de 10 salarios mínimos, mencionados en el artículo 33 de la ley abrogada; en otros casos el IMSS negó tal derecho para algunos trabajadores.

El párrafo que se añade dice: “Los límites señalados en el párrafo anterior serán aplicables igualmente en la determinación del salario diario, calculado conforme a la ley que se deroga, para calcular las cuantías de las pensiones de los seguros y ramos arriba referidos”.

Mi compañera, la diputada Ana Elia Paredes Arciga indicó que “el dictamen le da certeza jurídica a todos los pensionados del país, debido a que ya no será el Consejo Técnico del IMSS el que determinará, a su criterio, el número de salarios a recibir, sino que ya se verá establecido con la adición de este párrafo tercero al artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social, el que nos dará más certeza jurídica para que sean establecidos ya por ley los 25 salarios mínimos”.

Fue devuelto al Senado de la República para los efectos del inciso

viernes, 8 de abril de 2011

Avalamos exención del ISR en pensiones y jubilaciones hasta 25 salarios mínimos

Amigos:

Abundando sobre el dictamen que aprobamos el pasado miércoles, les quiero decir que avalamos reformar la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), para exentar de este gravamen a los pensionados y jubilados, cuyo monto diario no sea superior a 25 veces el salario mínimo, independientemente del organismo donde laboraron.

En el dictamen, aprobado con 357 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones, se precisa que la exención del pago del ISR incluye a las pensiones que derivan de la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, y aquellas provenientes de las leyes de seguridad social o de pensiones de las instituciones estatales y de las instituciones públicas de educación superior y las de los planes privados de pensiones registrados ante la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Cabe destacar que se trata de una histórica decisión de los diputados que pertenecemos a la LXI Legislatura.

A continuación les presento, para su consulta, el dictamen completo que fue turnado a la Cámara de Senadores.



miércoles, 6 de abril de 2011

Aprobamos que exenten del pago de ISR a jubilados y pensionados


Amigos:


Hoy, aprobamos por mayoría reformas que exentan del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a jubilados y pensionados que tienen ingresos por hasta 25 salarios mínimos, que en el momento actual equivalen a 44 mil 865 pesos mensuales. La Ley del Impuesto Sobre la Renta que se modifica otorga todavía la exención a quienes reciben pensiones hasta por nueve salarios mínimos.


Esto sin duda, es muy positivo y en lo personal, me llena de enorme orgullo, el haber votado a favor este dictamen.


Cecy Arévalo