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miércoles, 15 de agosto de 2012

Aprobamos adecuaciones a la Ley General de Salud

Amigos y amigas:

A principios de diciembre de 2010 aprobamos con 267 votos el dictamen que reforma los artículos 3 y 13 de la Ley General de Salud, a fin de eliminar la duplicación del texto vigente relacionada con las fracciones V y VI, ya que actualmente ambas están asignadas tanto a la federación como a las entidades federativas.

La reforma permitirá corregir un error técnico y regresar a su ubicación original las materias de salubridad general, a fin de evitar que las atribuciones que ejercen la Secretaría de Salud y las entidades federativas se afecten.

De tal manera que dará congruencia a la Ley General de Salud, a fin de que se interpreten de manera correcta y armónica sus disposiciones, restableciendo las atribuciones de la Secretaría de Salud para su legal desempeño.


lunes, 6 de agosto de 2012

Prevención, tratamiento y control de las enfermedades bucodentales serán materia de salubridad general


Amigos:

Quiero comentarles que en la sesión ordinaria del 7 de abril de 2011, aprobamos adicionar la fracción XVIII Bis al artículo 3 de la Ley General de Salud, para que sea materia de salubridad general la prevención, tratamiento y control de las enfermedades bucodentales.

En el documento se señala que las enfermedades bucodentales constituyen un problema general de salud pública a nivel mundial, tanto por su magnitud como por el impacto que pueden generar en la calidad de vida.

En la tribuna se puso de relieve que, según la Organización Panamericana de la Salud la caries dental afecta al 90 por ciento de la población y es definida por la Organización Mundial de la Salud como un proceso de origen multifactorial caracterizado por el reblandecimiento del tejido duro del diente que evoluciona hasta formar una cavidad; si no se atiende oportunamente afecta la salud general y la calidad de vida.

Se añadió que de acuerdo con estadísticas, en México el 25 por ciento de la población nunca ha visitado un odontólogo. Las personas adultas por falta de dientes tienen problemas nutricionales y digestivos.

En su turno, mi compañero, el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina refirió que de acuerdo con el Programa Nacional de Salud Bucal el problema odontológico en México es severo.

Se estima que 6 de cada 10 niños padecen al menos una caries; que el 95 por ciento de los jóvenes de 15 años tienen más de tres caries; que prácticamente el cien por ciento de la población mayor de 25 años sufre afectaciones bucodentales.

Señaló que estas enfermedades constituyen un problema general de salud pública a nivel mundial, tanto por su magnitud como por el impacto que pueden generar en la calidad de vida.

Se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

jueves, 26 de julio de 2012

Aprueba Pleno reforma a la Ley General de Salud para establecer un registro sanitario de “productos milagro”

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del 22 de septiembre de 2011, avalamos con 339 votos a favor, 16 en contra y 5 abstenciones, castigar de uno a nueve años de prisión a quien venda o ayude a la comercialización de bebidas alcohólicas adulteradas, contaminadas o alteradas.

Las reformas al Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley General de Salud, señala que las sanciones también serán aplicables a quien introduzca al país bebidas adulteradas.

La ley considera delito grave y sanciona con uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente, a quien por si o a través de otro expenda, venda o de cualquier forma distribuya bebidas alcohólicas adulteradas, contaminadas o alteradas, así como la introducción ilegal de las mismas al país.

La producción y comercialización de bebidas alcohólicas adulteradas ha dejado una contracción del 30 por ciento en los establecimientos y la pérdida de 6 mil empleos directos y 120 mil indirectos.

Estos productos, la mayoría de ellos distribuidos en el mercado negro, pone en riesgo la salud de la población, al poner bebidas de baja calidad y dudoso origen al alcance de los consumidores.

Al hacer uso de la tribuna, el presidente de la Comisión de Justicia, Humberto Benítez Treviño, dijo que de acuerdo con datos de la Procuraduría Federal del Consumidor, entre 45 y 50 por ciento de las bebidas que se consumen en el país son adulteradas o falsificadas.

El diputado resaltó la necesidad de sancionar conductas que durante años se han realizado bajo la impunidad, a pesar de que son consideradas un problema de salud pública.

“Con este dictamen, estamos protegiendo la salud de los hijos que asisten a los antros, y de acuerdo a la estadística, seis de cada 10 botellas de vino que se expenden son adulteradas”.

El presidente de la Comisión de Salud, mi compañero, el diputado Antonio Osuna Millán, afirmó que cada seis de cada 10 bebidas son adulteradas y tan sólo en el Distrito Federal hay dos mil 200 establecimientos que venden licor adulterado.

Precisó que la problemática va en aumento por las ganancias que deja la falsificación de bebidas. “Ponen en riesgo la salud, porque tiene una carga de metanol y etilenglicol que provocan en sus consumidores mareos, pérdida de la vista o la muerte”, dijo.

jueves, 19 de julio de 2012

Aprobamos que dependencias del Sistema Nacional de Salud puedan realizar proyectos de investigación financiados con recursos de terceros

Amigos:

Por este medio quiero informarles que, en la sesión del 28 de marzo, aprobamos con 258 votos a favor y 7 en contra una reforma a la Ley General de Salud para que las dependencias del Sistema Nacional de Salud puedan realizar proyectos de investigación para la salud, financiados con recursos de terceros.

En tribuna, mi compañero, el presidente de la Comisión de Salud, Miguel Antonio Osuna Millán consideró necesario fortalecer la investigación en las instituciones de salud pública que les genere un mejor prestigio y competitividad, además de generarles mayores oportunidades a sus recursos humanos para profesionalizarse y adquirir experiencia en tratamientos innovadores.

“En el Sistema Nacional de Salud, los recursos humanos son los encargados de la investigación; es por ello fundamental incentivar al personal de este sector para evitar la fuga de cerebros en México y garantizar que se cuenten con los recursos humanos capacitados y dispuestos a detonar la investigación para la salud , traduciéndose esto en una derrama tecnológica en el país y beneficio a la salud de la población”, dijo.

El dictamen establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que forman parte del Sistema Nacional de Salud podrán realizar proyectos de investigación para la salud financiados con recursos de terceros.

También señala que las disposiciones reglamentarias deberán establecer los mecanismos para determinar entre otros, la participación que corresponda a las dependencias y entidades y los incentivos para el personal directamente involucrado en la ejecución de los proyectos de investigación.


jueves, 12 de julio de 2012

Aprobamos reformar la Ley General de Salud para mejorar tratamientos a enfermos mentales


Amigos:

Para comentarles que en la sesión ordinaria del pasado 14 de febrero, aprobamos una reforma a la Ley General de Salud, para establecer cambios que impulsen avances en materia de instalaciones, fármacos y tratamiento psicológico para los enfermos mentales.

El dictamen aprobado por 257 votos a favor, uno en contra y 3 abstenciones, busca que la atención de los trastornos mentales y del comportamiento se brinde con un enfoque comunitario, de reinserción psicosocial y con estricto respeto a los derechos humanos; así como de sensibilización para reducir el estigma y la discriminación, a fin de favorecer el acceso oportuno de la atención.

También plantea la implementación estratégica y gradual de servicios de salud mental en establecimientos de la red del Sistema Nacional de Salud. En este sentido, se implementará la participación de observadores externos que vigilen el pleno respeto de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento.

Asimismo, se crearán programas sociales y asistenciales, como residencias y talleres protegidos en coordinación con otros sectores, para la debida atención de estos pacientes y mayor impulso a la investigación multidisciplinaria en materia de salud mental.

Señala que en México siete por ciento de la población tiene depresión; 1.6 por ciento, trastorno bipolar; uno por ciento, esquizofrenias; más de uno por ciento sufre trastorno obsesivo compulsivo y siete por ciento, trastornos de angustia y pánico.

“Los trastornos mentales ya forman parte del panorama epidemiológico de México y seguirán incrementando su presencia como causa de enfermedad, discapacidad y muerte, por lo que el manejo epidemiológico de estos problemas se hace inminente”.

En tribuna, mi compañera, la diputada Gloria Trinidad Luna subrayó que en México se estima que el 15 por ciento de la población padece algún tipo de trastorno mental, del cual sólo el 2.5 por ciento se encuentran bajo supervisión de algún especialista.

“Hasta ahora, dentro del conjunto de enfermedades que afectan a la población, las enfermedades mentales no son consideradas como prioritarias y la capacidad de respuesta es muy limitada”. 

martes, 3 de julio de 2012

Reformamos la Ley General de Salud para facultar a licenciadas en enfermería prescribir recetas médicas


Amigos:

En la sesión ordinaria del pasado 7 de febrero en la Cámara de Diputados aprobamos con 256 votos a favor, 15 en contra y seis abstenciones, el dictamen que faculta a los y las licenciadas en Enfermería para prescribir recetas médicas a los pacientes sólo de aquellos medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaría de Salud.

Avalamos la adición del artículo 28 Bis de la Ley General de Salud para garantizar a los pacientes tener acceso a sus medicamentos, a través de una prescripción médica elaborada por una licenciada en Enfermería; es decir, a los que no alcanzan cita aunque, ellos pueden ir con la enfermera o que ella les dé su receta.

En ese sentido, el párrafo que se adicionó queda de la siguiente manera:

“Los profesionales que podrán prescribir medicamentos son: médicos, homeópatas, cirujanos dentistas, médicos veterinarios en el área de su competencia, y licenciados en enfermería, quienes únicamente podrán prescribir cuando no se cuente con los servicios de un médico, aquellos medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaría de Salud.

Los profesionales a que se refiere el presente artículo deberán contar con cédula profesional expedida por las autoridades educativas competentes. Los pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras antes mencionadas y los enfermeros podrán prescribir ajustándose a las especificaciones que determine la Secretaría”. 

miércoles, 2 de mayo de 2012

Aprobamos reforma a la Ley General de Salud para establecer un registro sanitario de “productos milagro”

Amigos:

Por este medio quiero comunicarles que en la sesión del 10 de abril de 2012, aprobamos con 279 votos a favor el dictamen que reforma la Ley General de Salud, para obligar a las empresas que elaboran “productos milagro” establecer un registro sanitario.

En tribuna, se destacó que el dictamen tiene por objeto imponer a las empresas de productos milagro un registro sanitario, “porque consideramos que si ellos se atribuyen facultades o propiedades terapéuticas, como es el caso de los medicamentos y todo lo relacionado con la salud en el etiquetado y publicidad, entonces también éstos debieran tener justamente registro sanitario”.

La reforma al artículo 376 señala que se requiere un registro sanitario de los medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan; equipos médicos, prótesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos.

Así como de los plaguicidas, nutrientes vegetales, substancias tóxicas o peligrosas y los productos a los que en su etiquetado o publicidad se les atribuyan las mismas acciones o efectos que corresponden a los productos arriba enunciados, independientemente de la clasificación que ostenten o la denominación que se les asigne.


jueves, 26 de abril de 2012

Reformamos la Ley General de Salud para dar atención médica a la población apoyada en medios electrónicos

Amigos:

Quiero comentarles que en la sesión ordinaria del pasado 17 de abril, aprobamos por 318 votos a favor y dos abstenciones, el dictamen que reforma la Ley General de Salud, con lo que se establece que la atención médica pueda proporcionarse a la población apoyada en medios electrónicos, de acuerdo con las normas oficiales que emita la Secretaría del ramo.

En las consideraciones, se expone que el derecho a la protección de la salud es social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que es además un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad. México no es ajeno a los problemas sanitarios existentes en todo el mundo, como la insuficiencia de médicos especialistas, la escasez de recursos, y el aumento de la demanda de servicios y la centralización de éstos.

Aunado a esto, la gran extensión del país, sus dificultades geográficas y, por ende, de comunicación agravan el problema. Como se mencionó, la mayor parte de los recursos de salud se encuentra centralizada en las grandes ciudades, por lo que llevarlos al resto del país muchas veces resulta muy difícil e incosteable.

A raíz de la problemática enunciada, la “telemedicina” resulta una alternativa para garantizar el derecho a la protección de la salud mediante una nueva forma de proveer los servicios sanitarios y la distribución de los recursos humanos y materiales. México ya aplica este modelo tecnológico en distintas entidades federativas, cuya finalidad es proporcionar servicios médicos de calidad y especialidad en los municipios de alta marginación.

Se menciona que a escala mundial, los servicios de salud otorgados a la población a través de este modelo tecnológico han resultado muy eficaces. Así, telemedicina, de acuerdo con el Instituto de Medicina de Estados Unidos, se define como “el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones para proporcionar y apoyar los servicios de atención a la salud cuando la distancia separa a los participantes”.

El dictamen pasó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

lunes, 9 de abril de 2012

Asunto de salubridad general la prevención, tratamiento y control de las enfermedades bucodentales


Amigos:
Con 316 votos a favor en el Pleno de la Cámara de Diputados aprobamos una reforma a la Ley General de Salud, para considerar como asunto de salubridad general la prevención, tratamiento y control de las enfermedades bucodentales, dado que existe una prevalencia del 90 por ciento de dichas enfermedades en la población a nivel mundial.

La salud bucodental de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS) es la ausencia de dolor orofacial crónico, cáncer de boca o garganta, llagas bucales, defectos congénitos como labio leporino o paladar hendido, enfermedades periodontales (de las encías), caries dental y pérdida de dientes, así como otras enfermedades y trastornos que afectan a la boca y la cavidad bucal.
De acuerdo a las campañas de la Semana Nacional de Salud Bucal 2010, se detectaron 7 millones 783 mil 568 de pacientes con placa bacteriana, se aplicaron 204 mil 936 tópicos de flúor, y se realizaron 256 mil 604 profilaxis dentales, así como otras acciones preventivas se benefició a 8 millones 82 mil 216 personas.

lunes, 2 de abril de 2012

Aprobamos Ley Gral. de Salud para incluir acciones en materia de prevención y control de accidentes en los Centros Especializados de Atención d Trauma

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del 28 de marzo, aprobamos por unanimidad (253 votos) las reformas a la Ley General de Salud para incluir acciones en materia de prevención y control de accidentes en los Centros Especializados de Atención de Trauma.

Al fundamentar el dictamen, mi compañero, el diputado Leandro Rafael García Bringas refirió que la prevención debe ser el centro de las acciones legislativas y de la política pública, en particular la prevención de accidentes a través de la participación ciudadana organizada.

En la exposición de motivos, el documento plantea que México no cuenta con un completo conocimiento sobre el tratamiento agudo y crónico de quemaduras y accidentes siendo que contamos con un alto porcentaje de éstos.

Por ello, el concepto de medicina preventiva que se está perdiendo, por lo que se requieren más lugares de información, así como capacitar al personal docente, a médicos, a enfermeras, a líderes de comunidad, a fin de lograr prevenir accidentes o hasta la muerte.

martes, 20 de marzo de 2012

Reformamos la Ley General de Salud para un mayor control de establecimientos mercantiles

Amigos:
Quiero informarles que en la sesión del pasado 13 de marzo, aprobamos con 315 votos a favor el dictamen que reforma los artículos 47 y 200 bis de la Ley General de Salud, a fin de que los establecimientos avisen a la autoridad sanitaria 30 días antes del inicio de operaciones, para que se verifique que los productos no representan ningún riesgo a la salud.

El dictamen enviado al Senado de la República señala que las empresas que representen un riesgo para la salud por la venta de alimentos, bebidas, medicamentos, suplementos alimenticios, productos cosméticos, así como de otras sustancias; deberán entregar un aviso previo al inicio de operaciones, para verificar que no existan riesgos para la salud.
En el aviso de funcionamiento se deberá incluir como datos, la descripción de los productos, incluyendo el nombre de todos los ingredientes que los componen, modo de empleo, muestra de la etiqueta original, información con la que se comercialice y en su caso monografía y fórmula cuantitativa para aquellas sustancias no comunes. Para el caso de productos que contengan plantas se incluirá además el nombre científico de las mismas.

viernes, 16 de marzo de 2012

Avalamos reforma a la Ley General de Salud en materia de genoma humano

Amigos:

Por este conducto quiero comunicarles que en la sesión del pasado 13 de marzo, aprobamos con 332 votos a favor el dictamen que establece como patrimonio de la humanidad el genoma humano y su estudio.
El decreto por el que se reforman el artículo 103 Bis 1, de la Ley General de Salud, señala: “El genoma humano y el conocimiento sobre éste son patrimonio de la humanidad. El genoma individual de cada ser humano pertenece a cada individuo”.
Por ello, la reforma al artículo 103 Bis 3, también establece que todo estudio sobre el genoma humano deberá contar con la aceptación expresa de la persona sujeta al mismo o de su representante legal, en términos de la legislación aplicable.

Aprobamos reforma a la Ley General de Salud para exentar del pago de cuotas médicas a madres de escasos recursos


Amigos:
Deseo comunicarles que en la sesión ordinaria del 13 de marzo, aprobamos diversas reformas a la Ley General de Salud, para que en los primeros cinco años de vida se exente del cobro de cuotas médicas a las madres de los menores con escasos recursos, toda vez que es la etapa en que se desarrolla el niño.
Por unanimidad, con 332 votos los legisladores avalaron las modificaciones al párrafo quinto del artículo 36 de la Ley General de Salud, con el propósito de eximir de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos a todo menor a partir de su nacimiento hasta cinco años cumplidos que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud.
El dictamen establece que para el cumplimiento de esta disposición, será requisito indispensable que la familia solicitante se encuentre en un nivel de ingreso correspondiente a los tres últimos deciles establecidos por la Secretaría de Salud.
El párrafo reformado quedó de la siguiente manera:
“Se eximirá del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos a todo menor a partir de su nacimiento hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud. Para el cumplimiento de esta disposición, será requisito indispensable que la familia solicitante se encuentre en un nivel de ingreso correspondiente a los tres primeros deciles establecidos por la Secretaría de Salud”.

viernes, 2 de marzo de 2012

Hoy entran en vigor reformas a la Ley General de Salud para regular a cerca de 2 mil "productos milagro" que circulan en México sin control

Amigos:

Quiero comentarles, con beneplácito, que este día entra en vigor reformas, que aprobamos, a la Ley General de Salud en materia de “productos milagro”, que buscan poner un freno a aquellos artículos que no cuentan con un registro sanitario y que se anuncian como medicamentos.

Sin duda, es un gran paso adelante porque estamos en la búsqueda de certidumbre, en la búsqueda de la seguridad a la que tienen derecho los consumidores mexicanos y en especial en el acceso a este bien imprescindible y tan apreciado que es la salud. Con la entrada en vigor de las reformas a la Ley General de Salud serán sancionadas con multas de hasta cinco por ciento de las ventas anuales del producto, a aquellas empresas encargadas de la promoción, producción y distribución de los llamados “productos milagro” que no cuenten con un registro sanitario.

jueves, 23 de febrero de 2012

Establecemos sanciones a quienes elaboren comida para animales con sustancias tóxicas o peligrosas

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del 7 de febrero aprobamos, por unanimidad, con 275 votos a favor, la reforma a la Ley General de Salud, con el que se establecen sanciones a quienes elaboren alimentos o agua de consumo animal con sustancias toxicas o peligrosas para la salud humana.

Las penas serán de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de cien a dos mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

En las consideraciones, se expone que el derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

Se precisa que el consumo de productos cárnicos derivados del ganado alimentado con beta análogos, como el clembuterol, que aumentan la masa muscular disminuyendo el tejido graso y aminorando la ingesta oral, ocasiona intoxicación en las personas que consumen estos productos, por lo que el uso de dichas sustancias constituye un riesgo a la salud.

Por lo anterior, se subraya la obligación por parte de las autoridades el llevar a cabo acciones tendientes a eliminar el riesgo antes mencionado.

“El clembuterol tiene efectos a corto y largo plazo y su relación con problemas por su consumo, principalmente cardiacos y del sistema nervioso, causando: taquicardia (palpitaciones), nerviosismo, temblores generalizados, temblores de los dedos, cefalea (dolor de cabeza), sudoración, insomnio, espasmos musculares, aumento de la presión arterial y náuseas, esto debido a su toxicidad al consumir carne contaminada, por lo cual su empleo en el ganado es ilegal”, señala el dictamen.

El dictamen fu turnado al Senado para sus efectos constitucionales.

Aprobamos reforma a la Ley General de Salud para garantizar atención a comunidades indígenas

Amigos:

Quiero informarles por este conducto que en la sesión ordinaria del pasado 7 de febrero aprobamos con 308 votos el dictamen que establece que los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, tienen derecho a obtener en sus lenguas la información necesaria en materia de salud en su lengua.

El dictamen establece que los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud, sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.

El dictamen que se aprobó adiciona un segundo párrafo al artículo 51 Bis 1, de la Ley General de Salud, para establecer que cuando se trate de la atención a los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, éstos tendrán derecho a obtener información necesaria en su lengua o variante lingüística de suy comunidad.

miércoles, 22 de febrero de 2012

Aprobamos reforma a la Ley General de Salud para fortalecer acciones preventivas

Amigos:

Deseo informarles que en la sesión ordinaria del pasado 9 de febrero se facultó a la Coordinación del Sistema Nacional de Salud impulsar acciones que promuevan que todos los mexicanos reciban y participen en la atención preventiva, a fin de mantener un enfoque de autocuidado basado en el fomento de la educación para la salud.

Con 314 votos a favor, siete en contra y dos abstenciones, avalamos las reformas y diversas disposiciones a la Ley General de Salud, en materia de atención preventiva integrada a la salud, por lo que ahora se podrá tener acciones de promoción y protección en tan solo una consulta.

El documento establece que la consulta de prevención la podrá realizar una misma persona en el mismo consultorio o módulo. Se implementarán grupos entre la población para brindar la atención preventiva integrada a la salud.

Asimismo, especifica que la atención preventiva integrada a la salud, consistirá en realizar todas las acciones de promoción y protección de la salud de acuerdo con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas.

“Se considera de suma necesidad para el país que la atención preventiva integrada a la salud se focalice a los riesgos de acuerdo a la edad y al sexo del paciente, para que de esta forma se le pueda tratar de manera más rápida y efectiva”, destaca la exposición de motivos.

martes, 21 de febrero de 2012

Avalamos reforma a la Ley General de Salud para la protección integral de la mujer durante el embarazo, parto y 40 días después de dar a luz

Amigos:

Por este medio quiero informarles que en la sesión del pasado 9 de febrero aprobamos el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, con el objeto de brindar atención materno-infantil y la promoción de la salud materna, que abarca el periodo que va del embarazo, parto, post-parto y 40 días posteriores de dar a luz, en razón de la condición de vulnerabilidad en que se encuentra la mujer y el recién nacido.

El presidente de la Comisión de Salud, mi compañero, Antonio Osuna Millán, dijo que con ello se reduciría la mortalidad infantil y garantizaría la asistencia médica y sanitaria necesaria para las futuras madres.

Además, se refuerza el marco legal para dar protección integral a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, incluida la atención psicológica. Asimismo, se refuerzan las acciones de participación de los sectores social, privado y de la sociedad en los servicios de salud.

De igual manera, se deberán implementar acciones de orientación y vigilancia institucional, fomento para la lactancia materna, promoviendo que la leche materna sea alimento exclusivo durante los primeros seis meses de vida y complementario hasta avanzado el segundo año.

El documento aprobado por 316 votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones, indica que también se deberán realizar acciones de promoción para la creación de bancos de leche humana en los establecimientos de salud que cuenten con servicios neonatales.

El dictamen enviado al Senado de la República señala que la operación de cesárea será efectuada cuando exista causa médica que la justifique, y su práctica deberá sujetarse a las disposiciones que emita la Secretaría de Salud, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

viernes, 17 de febrero de 2012

Establecemos normas jurídicas para la donación y conservación de células progenitoras o troncales

Amigos:

Deseo hacer de su conocimiento que en nuestra sesión del pasado 7 de febrero, los diputados aprobamos por 262 votos a favor, 7 en contra y 2 abstenciones, la reforma a la Ley General de Salud, con lo que se establecen normas jurídicas para la donación y conservación de células progenitoras o troncales.

Se avaló incluir una definición de células progenitoras o troncales; además, los establecimientos de salud dedicados a la extracción de células deberán cumplir con los requisitos de la autorización emitida por la Secretaría de Salud.

Asimismo, se subrayó que no considerarán actos de comercio la recuperación de los costos derivados de la obtención o extracción, análisis, conservación, preparación, distribución, transportación y suministro de órganos, tejidos, incluyendo la sangre y sus componentes, y células progenitoras o troncales.

En las consideraciones, se expone que la investigación con células progenitoras constituye actualmente uno de los grandes hitos científicos alcanzados por las denominadas biociencias.

Se señala que se entiende por células progenitoras o troncales aquellas que todavía no se han convertido en células diferenciadas de un determinado órgano o tejido, por lo que son capaces de autorreplicarse hacia diversos linajes celulares especializados.

El dictamen establece que México ha quedado rezagado en términos de investigación científica con células progenitoras, por lo que es necesario establecer un marco normativo que dé certeza jurídica a la investigación científica en este campo.

El registro de los trasplantes de células progenitoras o troncales estará a cargo del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.

El dictamen fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.

jueves, 16 de febrero de 2012

Aprobamos el uso de tecnologías de la información en servicios de salud

Amigos:


Quiero informarles que en la sesión del 23 de noviembre, aprobamos reformas a la Ley General de Salud para promover el desarrollo de los servicios de salud con base en la integración de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), a fin de ampliar la cobertura y calidad de atención a la ciudadanía.


El documento avalado con 295 votos subraya que el gobierno, dentro del sector salud, debe tomar medidas para el continuo aprovechamiento de las herramientas tecnológicas de vanguardia, con el objetivo de que las innovaciones permitan tener una línea de contacto con la ciudadanía, propiciando mejoras en las condiciones de vida de la población.


Al fundamentar el dictamen, mi compañera, la diputada María de Lourdes Reynoso Femat expresó que se busca garantizar a los ciudadanos las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos de protección de su salud y de su información, a través de “El Gobierno Electrónico”.


Afirmó que esta herramienta permite el uso de nuevas tecnologías, que facilitan la interacción con la ciudadanía y propicia una mayor efectividad de la gestión y de las acciones gubernamentales.


“En materia de salud pueden ser utilizadas para la transmisión de conocimientos a un mayor número de personas, mejorando los procesos de prevención de enfermedades y riesgos para población”.


Subrayó que entre las ventajas que tiene el uso de las TIC, se encuentra el fácil acceso a la información, aplicación de instrumentos para el proceso de datos y de mejores canales de comunicación, así como el almacenamiento de la información y la automatización de las tareas.


El dictamen que reforma los artículos 6 y 7 de la Ley General de Salud precisa que de acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, el gobierno electrónico es aquel que utiliza las TIC para transformar sus relaciones internas y externas, lo cual permite que se aumenten las expectativas de desempeño y resultado público.


Asimismo, tiene beneficios para el fácil acceso a la información, instrumentos para el proceso de datos, canales de comunicación, almacenamiento de información y automatización de tareas.
El dictamen se envió al Senado de la República.