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jueves, 14 de julio de 2011

La Suprema Corte de Justicia de la Nación acotó el fuero militar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN acotó el fuero militar: a partir de ahora, el integrante de las Fuerzas Armadas que violente derechos humanos de civiles será juzgado por tribunales del fuero común.

Les presento a continuación la nota de televisión de ayer en Primero Noticias.

miércoles, 13 de julio de 2011

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acotó el fuero militar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acotó el fuero militar: a partir de ahora, el integrante de las Fuerzas Armadas que violente derechos humanos de civiles será juzgado por tribunales del fuero común.

Les presento a continuación la nota de televisión de hoy en la mañana en Cadena Tres.

viernes, 3 de junio de 2011

La SCJN determina que los hombres casados no están exentos de someterse a pruebas de ADN para certificar paternidad de un menor



La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los hombres casados no están exentos de someterse a las pruebas de ADN, cuando haya dudas sobre la paternidad de un menor de edad.

Al resolver una contradicción de criterios entre tribunales federales, por unanimidad de votos, los ministros de la primera sala concluyeron que es derecho de los niños conocer con certeza quienes son sus padres, sin importar que el probable padre este casado con una pareja diferente a la madre del menor.

Los ministros explicaron que al ser reconocidos por sus padres, los menores tienen derecho a una pensión que garantice sus alimentos, educación, salud y recreación.

Negarse a realizar una prueba de ADN, equivale a admitir la paternidad del menor.

En la sentencia, los ministros indicaron que el derecho a la identidad de los niños esta consagrado en la Constitución y en tratados internacionales firmados por México.

viernes, 24 de diciembre de 2010

La CNDH podrá investigar casos graves de violación a los derechos humanos

Amigos y amigas:

En el Pleno de la Cámara de Diputados aprobamos, el 15 de diciembre, con 361 votos, el dictamen que elimina la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar casos graves de violación a los derechos humanos, y se la otorga a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Al fundamentar el dictamen con proyecto de decreto que modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política, el diputado Jesús Alfonso Navarrete Prida (PRI) subrayó que la reforma otorga un amplio y vigoroso sistema de protección a los derechos humanos del país.

Asimismo, acrecienta la competencia de la CNDH para conocer también de violaciones a los derechos laborales como parte de los derechos humanos. Amplía sus facultades para interponer controversia constitucional contra tratados internacionales que limiten derechos humanos.

Establece que la elección del titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los integrantes del Consejo Consultivo, se realizará a través de un procedimiento de consulta pública.

Precisa que ninguna autoridad puede negar la información a la CNDH y el desarrollo y desahogo del procedimiento le corresponde al Consejo Consultivo.

Constituye los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresidad de los derechos humanos, y se determina que el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a éstos.

Fortalece la protección no jurisdiccional al establecer que las autoridades tienen obligaciones de dar respuesta a las recomendaciones de la CNDH, por lo que también refiere que el Senado puede hacer comparecer a quienes no hayan aceptado alguna recomendación o no la cumplan, para que expliquen públicamente sus razones.

Determina que la educación deberá fomentar el respeto a los derechos humanos; consagra el reconocimiento al derecho de asilo y refugio; prohíbe la suscripción de tratados que menoscaben los derechos humanos; obliga al sistema penitenciario a organizarse sobre la base de respeto a los mismos.

Impide la pena de muerte, la esclavitud, la servidumbre y la desaparición forzada y la tortura; introduce disposiciones al definir a los derechos que no pueden suspenderse ni restringirse aún en una situación de excepción, como son la no discriminación, el reconocimiento a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección de la familia, al nombre, a la nacionalidad, a los derechos de la niñez, a los derechos políticos, las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa.

El diputado señaló que la reforma tiene un espíritu protector, marcha en la misma vía que las normas de carácter internacional y es fruto de la participación de organismos internacionales y nacionales no gubernamentales. “Debemos felicitarnos por este paso trascendente en la defensa y protección de los derechos humanos de los mexicanos”.
A continuación, presento el dictamen completo para su consulta.

viernes, 9 de julio de 2010

La SCJN valida el RENAUT


La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucionalmente válido el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil RENAUT, porque, concluyó, no viola ni transgrede la garantía de privacidad y de inviolabilidad de comunicaciones.

Los ministros de la Segunda Sala del alto tribunal se pronunciaron sobre este tema al revisar un amparo promovido por empresa de telefonía móvil que alegaba que el registro iba en contra de las garantías protegidas por el artículo 16 de la Constitución.