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jueves, 26 de julio de 2012

Aprueba Pleno reforma a la Ley General de Salud para establecer un registro sanitario de “productos milagro”

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del 22 de septiembre de 2011, avalamos con 339 votos a favor, 16 en contra y 5 abstenciones, castigar de uno a nueve años de prisión a quien venda o ayude a la comercialización de bebidas alcohólicas adulteradas, contaminadas o alteradas.

Las reformas al Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley General de Salud, señala que las sanciones también serán aplicables a quien introduzca al país bebidas adulteradas.

La ley considera delito grave y sanciona con uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente, a quien por si o a través de otro expenda, venda o de cualquier forma distribuya bebidas alcohólicas adulteradas, contaminadas o alteradas, así como la introducción ilegal de las mismas al país.

La producción y comercialización de bebidas alcohólicas adulteradas ha dejado una contracción del 30 por ciento en los establecimientos y la pérdida de 6 mil empleos directos y 120 mil indirectos.

Estos productos, la mayoría de ellos distribuidos en el mercado negro, pone en riesgo la salud de la población, al poner bebidas de baja calidad y dudoso origen al alcance de los consumidores.

Al hacer uso de la tribuna, el presidente de la Comisión de Justicia, Humberto Benítez Treviño, dijo que de acuerdo con datos de la Procuraduría Federal del Consumidor, entre 45 y 50 por ciento de las bebidas que se consumen en el país son adulteradas o falsificadas.

El diputado resaltó la necesidad de sancionar conductas que durante años se han realizado bajo la impunidad, a pesar de que son consideradas un problema de salud pública.

“Con este dictamen, estamos protegiendo la salud de los hijos que asisten a los antros, y de acuerdo a la estadística, seis de cada 10 botellas de vino que se expenden son adulteradas”.

El presidente de la Comisión de Salud, mi compañero, el diputado Antonio Osuna Millán, afirmó que cada seis de cada 10 bebidas son adulteradas y tan sólo en el Distrito Federal hay dos mil 200 establecimientos que venden licor adulterado.

Precisó que la problemática va en aumento por las ganancias que deja la falsificación de bebidas. “Ponen en riesgo la salud, porque tiene una carga de metanol y etilenglicol que provocan en sus consumidores mareos, pérdida de la vista o la muerte”, dijo.

lunes, 23 de enero de 2012

Será considerado como delito grave el robo al autotransporte federal

Amigos:

De lo destacado que aprobamos en el pasado periodo ordinario de sesiones, quiero poner de relieve el dictamen para incluir en el rango de delito grave el robo de autotransporte federal, considerarlo como cometido por la delincuencia organizada y que a las autoridades federales corresponda su combate.

En el documento se establece una pena de 6 a 12 años de prisión cuando el objeto del robo sea exclusivamente las mercancías, y de 2 a 7 años si se trata únicamente de equipaje o valores de turistas o pasajeros, en cualquier lugar durante el trayecto del viaje, con independencia del valor de lo robado.

Con las reformas a los Códigos Penal Federal y al Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, aprobados por 358 votos a favor, 3 en contra y 0 abstención, se precisa que la tipificación es importante, dada la gran movilización en carreteras federales de mercancías de toda índole y con un gran valor.

El presidente de la Comisión de Justicia, el diputado Víctor Humberto Benítez Treviño, expresó que se trata de contrarrestar un ilícito que viene al alza en el país, como lo es el robo al autotransporte federal de carga, de pasajeros, turismo y el privado.

Indicó que se toca un tema alarmante, pues cada día hay más presencia de delincuencia organizada en la comisión de este ilícito. “No estamos creando un nuevo tipo delictivo -ya existe y se sanciona-, se plantea que sea considerado como delito grave y, en su caso, que se aplique la Ley Federal de Delincuencia Organizada”.

Refirió que en un año se han duplicado los ilícitos en esta materia tanto en robo de carga, autotransporte federal de pasajeros, de turismo y autotransporte privado, por lo que con las reformas se da respuesta a uno de los graves problemas que enfrenta el país y se enfrenta un delito que amenaza con ser el segundo, después del narcotráfico.

Por el PAN, mi compañero, el diputado Camilo Ramírez Puente expresó que la reforma no sólo atiende el problema del secuestro de unidades, el robo, el ataque a la integridad de los conductores, sino que viene a constituir un problema económico muy fuerte que se vive al momento de que se limita el transporte de carga por las carreteras del país.

Validado en lo general y particular se mandó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

martes, 8 de marzo de 2011

Aprobamos reformas para considerar el robo de combustibles como delito grave


Amigos y amigas:
En la sesión ordinaria del pasado 3 de marzo, aprobamos, con 386 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, reformas a diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para establecer el hurto de combustible como robo calificado, delincuencia organizada y delito grave.
La reforma establece que a quien de manera dolosa altere los instrumentos de medición utilizados para enajenar o suministrar hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados, la sanción que corresponda se aumentará hasta en una mitad cuando el responsable sea o haya sido trabajador o servidor público de la industria petrolera.

Las penas aumentarán en una mitad más para el trabajador o servidor público que suministre información de las instalaciones, del equipo o de la operación de la industria que resulte útil o pueda auxiliar a la comisión de los delitos de referencia.

Las sanciones serán a quien posea o resguarde de manera ilícita petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados; cuando la cantidad sea menor de 300 litros y hasta 300 litros, con pena de prisión de seis meses a dos años y de cien a quinientos días multa; cuando la cantidad sea mayor de 300 litros pero menor de 1000 litros, con pena de prisión de dos a cuatro años y de quinientos a mil días multa.

En caso de que la cantidad sea igual o mayor a 1000 litros, con pena de prisión de cuatro a diez años y de mil a doce mil días multa; enajene o suministre gasolinas o diesel con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 1.5 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro con pena de prisión de tres a seis años y de quinientos a mil días multa.

Asimismo, enajene o suministre gas licuado de petróleo mediante estación de Gas L.P., para carburación, con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 3.0 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro con una pena de prisión de tres a seis años y de quinientos a mil días multa.

Quien sustraiga o aproveche petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados de ductos, equipos o instalaciones de Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios o empresas filiales con pena de prisión de ocho a doce años y de mil a doce mil días multa.

Las sanciones se aumentarán hasta en una mitad cuando el responsable sea o haya sido trabajador o servidor público de la industria petrolera. Las penas se aumentarán en una mitad más para el trabajador o servidor público que suministre información de las instalaciones, del equipo o de la operación de la industria que resulte útil o pueda auxiliar a la comisión de los delitos de referencia.

En tribuna se destacó que este delito ha ido creciendo en los últimos tiempos, del 42 por ciento del robo de petróleo en 2008, ha ascendido al 75 por ciento.

Con la reforma se establece el robo a los ductos de Pemex como robo calificado, como delincuencia organizada, como delito grave. “Estamos dotando al Ministerio Público Federal de instrumentos eficaces, enérgicos, reales para combatir el robo a las entrañas de la nación” se destacó.

Mi compañero, el diputado Óscar Arce Paniagua señaló en la tribuna que por el robo de hidrocarburos se registran pérdidas de 10 millones de dólares diarios hasta 3 mil millones de dólares en un año. Las tomas clandestinas van en aumento en más del 80 por ciento en últimos cinco años.

Explicó que la pena se agravará cuando la persona sostenga o retenga ilegalmente más de mil litros de hidrocarburos; en más de la mitad cuando la persona que lo cometa lo haga en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y que haya tenido como tarea el cuidar las mismas.

“Agravando esta pena de robo de hidrocarburos vamos a responder fuertemente en contra de lo que hoy se ha convertido en un negocio de la delincuencia organizada”, dijo.
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