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martes, 3 de enero de 2012

Reformamos la Ley de Amparo para dar certeza jurídica a los menores e incapaces en un juicio

Amigos:

Es importante comunicarles que en la sesión ordinaria del pasado 6 de diciembre, aprobamos con 316 votos a favor proporcionar protección y certeza jurídica a los menores e incapaces en un juicio constitucional.

En tribuna, se destacó que el dictamen aprobado reforma diversos artículos de la Ley de Amparo en materia de menores e incapaces, para proteger jurídicamente a los menores e incapaces en un juicio constitucional.

El dictamen también pretende ampliar la legitimación para que cualquier persona pueda promover el juicio de garantías a favor de los menores, elimina el desistimiento por inactividad procesal, así como suplir las actuaciones defectuosas de los menores incapaces durante todo el trámite del juicio, tanto de los recursos como de los incidentes.

Se abundó que no llevamos al catálogo de delitos graves ningún ilícito, ni estamos instaurando la pena vitalicia, protegemos los derechos de los menores incapaces que son el presente y futuro de México.

lunes, 13 de junio de 2011

El presidente Felipe Calderón promulga la reforma a la Ley de Amparo

Amigos:

La semana pasada con todo lo que pasó en la Comisión de Puntos Cosntitucionales y las tácticas dilatorias de mis compañeros del PRI, y la conferencia de prensa, se me había pasado comentarles que en días recientes, el presidente Felipe Calderón firmó el decreto de promulgación de la reforma constitucional en materia de amparo, la cual calificó como el más importante y poderoso cambio legal en décadas en México, para una mayor ampliación de derechos de las personas, evita la impunidad y rompe con viejos principios que impedían una eficaz aplicación de la justicia.

En la escalinata de la casa “Miguel Alemán” de la residencia oficial de Los Pinos, Calderón llamó a estar atentos de los riesgos que pudiera entrañar la reforma, y que no hayan sido vistos por el Poder Legislativo.

“Debemos tener la misma atención, voluntad y disposición para ver cuál es el éxito que, seguramente, tendrá la aplicación de esta reforma; pero también atentos y cautelosos de las posibles deficiencias no previstas por el legislador, ni por ninguno de quienes participaron en este proceso, y que deban ser corregidas”, alertó el Presidente.

“Toda ley es perfectible y pienso también que toda reforma, una reforma tan audaz, tan profunda, como la que hoy se promulga, tiene riesgos. Pero también que cuando se trata de ampliar los derechos de los ciudadanos, esos riesgos deben de correrse”, aseguró.

Al acto asistieron los presidentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan N. Silva Meza, y del Senado, Manlio Fabio Beltrones, así como legisladores de PAN, PRI y PRD, juristas y el ex secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont.

Cambios novedosos

La reforma a los artículos 94, 100, 103, 107 y 112 de la Constitución entrará en vigor 120 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo cual sucederá a la brevedad, para que los estados ajusten sus legislaciones y el Poder Judicial adecúe su estructura.

Un aspecto novedoso del ajuste constitucional es que cierra la puerta al abuso en la suspensión del acto reclamado, para que no haya quien se escude en el amparo con el objetivo de evadir la justicia o entorpecer la acción de la autoridad. “De esta forma podrán otorgarse o negarse suspensiones cuando se considere que el instrumento, por ejemplo, es utilizado por infractores de la ley, para evadir a la ley misma”, explicó el titular del Ejecutivo. Protege derechos humanos de segunda y tercera generación contenidos en tratados internacionales; es decir, se podrá invocar la protección de cualquiera de esos derechos contenidos en los tratados que ha firmado México.

También se faculta a la Corte para hacer declaratorias generales de inconstitucionalidad de leyes y de normas. Es decir, cuando exista jurisprudencia reiterada y hayan transcurrido 90 días, y la autoridad no la corrija, la Corte podrá hacer una declaratoria de inconstitucionalidad que tendrá validez general o colectivo.

El presidente Felipe Calderón recordó además que con la reforma, se incorpora a la Constitución la figura de amparo por omisión de la autoridad, lo cual significa que un ciudadano se podrá amparar también cuando la violación sea producto de una omisión o una falta de acción, llamada afectación “pasiva”, de tal forma que se cierra la puerta a la impunidad cuando las autoridades no cumplen cabalmente con su responsabilidad.

“Esta reforma es la mayor ampliación de derechos de los ciudadanos que se haya hecho en varias décadas en el país”, dijo el mandatario tras reconocer que con el esfuerzo de juristas, académicos, legisladores y miembros de los poderes Ejecutivo y Judicial se logró una propuesta de “gran calado”.

Veamos una nota de televisión.

martes, 17 de mayo de 2011

Validamos cambios de ley para dar más beneficios a víctimas del delito

Amigos:

Quiero comentarles que el pasado 29 de abril aprobamos reformar los artículos 364 del Código Federal de Procedimientos Penales y del 10 y 76 Bis de la Ley de Amparo, para dotar de mayores beneficios a las víctimas dentro del proceso penal federal y del juicio de amparo a favor del equilibrio de las partes que todo proceso debe guardar.

El dictamen avalado por 382 votos en pro, cero en contra y 3 abstenciones propone garantizar la suplencia procesal de amparo a las víctimas de un delito exclusivamente cuando sea afectada en su salud o integridad corporal.

Con las modificaciones se otorgarán mayores derechos a las víctimas u ofendidos por la comisión de conductas delictivas y se logrará un mejor equilibrio en la impartición de justicia.

jueves, 9 de diciembre de 2010

Avalamos reforma a la Ley de Amparo



Amigos y amigas:

Quiero comentarles que en la sesión ordinaria de ayer aprobamos por 361 votos a favor y cuatro en contra la reforma constitucional en materia de Amparo que, entre diversas disposiciones, faculta a la Suprema Corte de Justicia a declarar inconstitucional una ley.

Se destaca que el amparo podrá tener efectos generales, cuando hasta el momento, en el sistema jurídico mexicano, un particular que se inconforma por la inconstitucionalidad de un precepto, debe promover un juicio que ampare sus derechos en lo particular.En diciembre de 2009, el Senado envió a la Cámara de Diputados las reformas a los artículos constitucionales 94, 103, 104 y 107, que fueron dictaminadas a favor en la Comisión de Puntos Constitucionales en San Lázaro.

En San Lázaro obtuvo el respaldo de las siete bancadas.

La reforma crea un nuevo órgano para la toma de decisiones de posibles contradicciones de tesis entre tribunales pertenecientes a un mismo circuito.

miércoles, 10 de noviembre de 2010

Aprobamos reformas a la Ley de Amparo en beneficio de contribuyentes de menores recursos


Amigos y amigas:

En la sesión del pasado jueves 4 de noviembre, avalamos en el Pleno Camaral un dictamen de la Comisión de Justicia, que adiciona un segundo párrafo al artículo 135 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política.

Establece que cuando la autoridad determine el embargo de bienes y éstos sean suficientes para asegurar el interés del crédito fiscal exigible, el contribuyente no tendrá que realizar el depósito del total en efectivo del crédito fiscal y sus accesorios ante la Tesorería correspondiente, para que surta efectos la suspensión del acto reclamado.

El presidente de la Comisión, el diputado Humberto Benítez Treviño, resaltó que la adición precisa que si se realizó embargo y los bienes son suficientes para asegurar la garantía del interés fiscal, el contribuyente no tendrá que realizar el depósito en efectivo.

Mi compañero del PAN, Camilo Ramírez Puente expresó que con la reforma se busca que la autoridad fiscal tenga garantizada las contribuciones que reclama y se evite una doble contribución y carga.

Otras voces que se escucharon en tribuna destacaron que la reforma garantiza a los contribuyes de menores recursos económicos el acceso real a la justicia y protección federal, se evita la duplicidad de un acto jurídico de molestia y hace más eficiente y expedito el procedimiento de Amparo. Se abundó que, estadísticas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público registran una base de contribuyentes de más de 24 millones de personas y que en este año se han promovido más de 40 mil juicios derivados de procedimientos administrativos de ejecución.

La adición contribuirá a dar mayor certeza jurídica tanto a la autoridad fiscal como al contribuyente; simplificará trámites administrativos a cargo de la federación, estados y municipios; suprimirá una carga innecesaria de actividad en los juzgados de distrito y evitará que se siga cometiendo una injusticia.

Fue canalizado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

viernes, 15 de octubre de 2010

Aprobamos reformas en beneficio de pensionados, La Ley de Amparo busca proteger a jubilados, viudas, derechohabientes y otros grupos vulnerables


Amigos y amigas:

En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del pasado 12 de octubre, aprobamos reformas a la Ley de Amparo, que buscan proteger a pensionados, jubilados, viudas, derechohabientes y otros grupos vulnerables en juicios o demandas donde no pueden ser representados por abogados por falta de recursos.

Durante la sesión ordinaria en San Lázaro, aprobamos con 362 votos a favor, y una abstención, la reforma a la Ley de Amparo, a fin de que las autoridades que conozcan del juicio de amparo suplan la deficiencia de los conceptos de violación de la demanda.