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viernes, 27 de abril de 2012

Reformamos la Ley de Aguas Nacionales para que Conagua cuente con un Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas


Amigos:

A fin de que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) cuente con un Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas, que ayude a definir el manejo, vigilancia, mantenimiento, conservación y rehabilitación de las 4 mil 467 presas del país, aprobamos, en la sesión del pasado 17 de abril, adicionar diversas disposiciones a la Ley de Aguas Nacionales.


El dictamen avalado por 252 votos a favor, y enviado al Senado de la República, establece que dicho órgano será presidido por el Director General del Agua y su integración, estructura, organización y funcionamiento se ajustará a los lineamientos que para tal efecto emita el Director de la misma.

A las sesiones que realice el Comité, podrán ser invitados un representante de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), o de cualquier otra institución federal, podrá formar parte del Comité cuando así lo determine el mismo.

La ley establece que los sistemas ayudarán a implementar medidas preventivas para el control de avenidas y usos de las aguas que garanticen los servicios que prestan dichas obras, la integridad de las personas, la seguridad de sus bienes y de los ecosistemas ante desastres naturales como sequías o inundaciones.

El texto del dictamen precisa que no se otorgarán concesiones cuando se determine que las mismas representan o pueden representar un riesgo para la vida de las personas o la seguridad de sus bienes; afecten o puedan afectar a los ecosistemas, al régimen hidráulico o a la correcta operación de la infraestructura hidráulica de propiedad nacional.

lunes, 23 de enero de 2012

Aprobamos modificación a la Ley de Aguas Nacionales para aprovechar materiales pétreos

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión ordinaria del pasado 11 de octubre, aprobamos con 319 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 113 bis de la Ley de Aguas Nacionales, con lo que se establece que la autoridad del ramo deberá emitir la resolución que otorgue o no el título de concesión para el aprovechamiento de los materiales pétreos localizados dentro de los cauces de las aguas nacionales.

La solicitud de concesión deberá contener la localización, objeto y descripción de la explotación, uso o aprovechamiento, las obras por construir, la memoria descriptiva de las obras a realizar, las características y el volumen del material a extraer.

Asimismo deberá acompañar a la solicitud, la autorización en materia de impacto ambiental correspondiente y será la autoridad del ramo será la que emita el dictamen técnico y proyecto aprobado.

Se señala que no se podrá autorizar la explotación, uso o aprovechamiento de materiales pétreos en la zona federal o zona de protección de la infraestructura hidráulica, así como en cauces, cuando dichos bienes nacionales sirvan de limite internacional, o se encuentren en la franja comprendida de 200 metros aguas arriba y aguas debajo de las obras de infraestructura.

El dictamen pasó al Senado para sus efectos constitucionales.

martes, 27 de diciembre de 2011

Modificamos la Ley de Aguas Nacionales

Amigos:

Deseo informarles que en la última sesión del periodo ordinario aprobamos con 308 votos a favor modificaciones a la Ley de Aguas Nacionales, con el objeto de eliminar la emisión de permisos provisionales a los usuarios de recursos hídricos y reducir los montos de las multas para los productores agrícolas.

En las consideraciones del dictamen se señala que de acuerdo a información de la Comisión Nacional del Agua, existen 7 mil 909 multas impuestas a nivel nacional, de las cuales, mil 354 multas han sido recurridas por distintos medios de defensa.

Además de la existencia de diferentes tipos de usuarios de aguas nacionales, siendo los más importantes los que se dedican a las actividades agrícolas y pecuarias y que representan 90 por ciento de los usuarios del recurso hídrico, la gran mayoría son pequeños productores que dependen de los subsidios y apoyos gubernamentales como el Procampo y tarifas preferenciales de consumo eléctrico.

Por lo que al no estar regulados de forma precisa este sector constituye un gran número de infractores debido al desconocimiento a las obligaciones de la Ley de Aguas Nacionales; las faltas más frecuentes son la falta de medidor o en mal estado, no contar con título de concesión para el aprovechamiento de aguas nacionales o para la ocupación de la zona federal, o permiso para ejecutar obras para extraer como es el caso de la construcción de un pozo tipo noria, o no cumplir con las condiciones señaladas en el título de concesión.

Esta ley no tiene fines recaudatorios, sin embargo el objeto principal de la Comisión Nacional del Agua es administrar las aguas nacionales y sus bienes públicos, mediante la aplicación de los ordenamientos legales y normatividad en materia hídrica, a fin de regular la explotación, uso o aprovechamiento del recurso y garantizar la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral y sustentable.

lunes, 14 de marzo de 2011

Validamos un dictamen para evitar el agotamiento de mantos acuíferos


Amigos:

En la sesión ordinaria del pasado 9 de marzo, en el Pleno de la Cámara de Diputados aprobamos el dictamen que reforma y adiciona los artículos 7 Bis y 18 de la Ley de Aguas Nacionales, para proporcionar instrumentos jurídicos que permitan combatir la sobreexplotación de los mantos acuíferos y garantizar el compromiso de México con la sustentabilidad ambiental.

En tribuna se destacó que el cambio climático agudiza la gestión de los recursos hídricos, al grado de que su escasez genera problemas sociales y ambientales que reclaman una reflexión profunda.
El dictamen de la comisión de Recursos Hidráulicos versa sobre reformas que atienden a la problemática de la principal reserva de agua dulce de nuestro país: los mantos subterráneos.

Se abundó que hoy, 75 millones de mexicanos dependemos de ellos y 70 por ciento del volumen del agua que se suministra proviene de esta fuente. Sin embargo, se indicó que 173 acuíferos del país se encuentran gravemente sobreexplotados.

Reconociendo la importancia del tema y buscando revertir esa problemática, el dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos considera dos reformas trascendentes. La primera adiciona una fracción XI al artículo 7 Bis y establece la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación de los acuíferos como de interés público, lo cual se ajusta a lo establecido en el artículo 27 constitucional.

La segunda, modifica al artículo 18 para evitar que las aguas nacionales del subsuelo puedan ser libremente alumbradas cuando, por causa de interés o utilidad pública, el titular del Ejecutivo federal establezca una zona reglamentada de veda o de reserva; o bien, suspenda o limite provisionalmente el libre alumbramiento, mediante acuerdos de carácter general.

A favor del dictamen, mi compañero, el diputado Ramón Merino Loo destacó que una de las tareas pendientes en materia de recursos hídricos del país, es lograr el manejo adecuado y preservación del agua, que permita impulsar el bienestar social, el crecimiento económico y la preservación del ambiente.

Enfatizó que nuestro país tiene un grave problema de agua, pues Conagua indica que el 173 de 653 de los acuíferos existentes en el país se encuentran sobreexplotados, 17 con un problema muy serio de inclusión salina y 69 se encuentran sobreexplotados al 80 y 100 por ciento de su capacidad.