jueves, 10 de mayo de 2012

Hasta 60 años de cárcel a quien incurra en el delito de feminicidio


Con 311 votos a favor, los diputados federales avalamos, en la sesión del 30 de abril, diversas reformas y adiciones para combatir el feminicidio, mediante sanciones que van de los 40 hasta los 60 años de prisión, así como castigar con mínimo ocho años de cárcel a quien cometa el delito de violación sexual.

Los diputado avalamos la minuta del Senado, que reforma al Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a fin de fortalecer el sistema de justicia penal en pro de las mujeres.

La diversas reformas establecen los principios para garantizar la igualdad de género, además de que tipifica como nuevo delito la inseminación no consentida, que alcanzará sanciones de cuatro a siete años de cárcel, y se establece una mayor penalidad a quien lo cometa, para alcanzar de cinco a 14 años de prisión.

El dictamen establece como conducta delictiva el delito de esterilidad provocada, con penas de cuatro a siete años de cárcel, cuando sin el consentimiento de una persona se practiquen en ella procedimientos quirúrgicos, químicos o de cualquier otra índole para hacerla estéril.

Los cambios legales tipifican además como delito el “abuso en medio laboral”, que será castigado con sanciones de tres a ocho años de prisión cuando se obligue a alguien a renunciar a su empleo para evitar responder a acusaciones de acoso, hostigamiento o para ocultar violaciones a la Ley Federal del Trabajo.

Se establece la reparación del daño de manera integral y proporcional a la afectación causada, extendiéndose no sólo al daño patrimonial sino extra patrimonial, y se agrava la pena para el Ministerio Público que no solicita esa reparación.

También cuando haya existido “entre el activo y la víctima” una relación sentimental, afectiva o de confianza, que haya habido amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo contra la víctima, o que su cuerpo sea expuesto o exhibido en un lugar público.
Subraya que los delitos contra menores de edad prescribirán penalmente a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad.

Ver nota de televisión. 

miércoles, 9 de mayo de 2012

Avalamos reformas para sancionar con dos a nueve años de prisión a taladores clandestinos


Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del 8 de septiembre de 2011, aprobamos con 315 votos el dictamen que reforma diversos artículos del Código Penal Federal, para sancionar con dos a nueve años de prisión y de cuatrocientos a tres mil días de salarios mínimos a taladores clandestinos.
Avalamos sancionar a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, o tierra procedente de suelos forestales en cantidades superiores a dos metros cúbicos.
También se impondrá una pena de uno a seis años de prisión y de trescientos a dos mil días multa, con independencia de las penas que le correspondan por la comisión de otros delitos, a quien adquiera, posea, custodie o reciba por cualquier motivo, madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, con conocimiento de que procede o representa el producto de una actividad ilícita.
Además, para quien oculte o pretenda ocultar el origen, ubicación, destino o propiedad de madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, con conocimiento de que procede o representa el producto de una actividad ilícita.
“Se entenderá que es producto de una actividad ilícita la madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, cuando existan indicios de que proviene directa o indirectamente de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia”, señala el dictamen.
El documento detalla que se aplicará una pena adicional de hasta de tres años más de prisión y de hasta mil días multa adicionales, cuando los recursos forestales maderables provengan de un área natural protegida o de especies sujetas a protección por otras leyes o normas o cuando el delito sea cometido por un servidor público.

Avalamos sancionar hasta con tres años cuando haya delito culposo

Amigos:
Quiero comentarles que también avalamos, con 300 votos a favor, 8 en contra y 4 abstenciones, un dictamen impulsado por la Comisión de Justicia que reforma el artículo 60 del Código Penal Federal, para que en caso de delitos culposos, se establezca como sanción máxima de tres años el derecho para ejercer profesión, oficio, autorización, licencia o permiso.
En tribuna, nuestra postura la hizo patente mi compañero Ovidio Cortazar Ramos. Explicó que la ley actualmente señala como tiempo máximo de sanción 10 años, lo que al parecer de los integrantes de la comisión es excesivo.
“Toda vez que se trata de delitos culposos y que el sujeto activo no quiere cometer el hecho previsto en la norma, pero lo realiza por no prever siendo previsible, esto es, por inobservancia del debido cuidado, por tanto, es excesivo que la suspensión para ejercer profesión, oficio, autorización, licencia o permiso sea de diez años”, puntualizó.
Más aún, destacó, que sea una privación definitiva de los mismos, tomando en cuenta que durante este lapso el sujeto se aparta de la práctica de su profesión y se vuelve proclive a desviar su atención para empezar a delinquir por falta de oportunidades y por la necesidad de mantenerse a sí y a los suyos.
Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

martes, 8 de mayo de 2012

Exhortamos a la PGR a acelerar investigaciones sobre el incendio de la Guardería ABC


La Cámara de Diputados exhortó al Ejecutivo Federal para que a través de la Procuraduría General de la República se apresuren las investigaciones relacionadas con el incendio de la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora, ocurrida el 5 de junio de 2009.

En votación económica, el Pleno avaló el Punto de Acuerdo de la Junta de Coordinación Política para que el Gobierno Federal agilice las averiguaciones y se puedan asignar responsabilidades.

El documento establece que han transcurrido más de dos años del siniestro y no se tienen avances en cuanto a su esclarecimiento.

Asimismo, se pide atender las recomendaciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para exhortar a las autoridades correspondientes a reparar el daño causado por el incendio, donde murieron 49 infantes y 80 más resultaron lesionados, tal y como quedó establecido en la investigación número 1/2009, mediante el dictamen publicado en el Diario Oficial de la Federación del 18 de noviembre de 2010.


lunes, 7 de mayo de 2012

Avalan diputados integración de grupo de trabajo para analizar problemática de los transportistas


El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se integra un grupo de trabajo para dar seguimiento a las demandas de los transportistas en diversos puntos del país.
Dicho grupo se encargará también de recibir a sus representantes para analizar sus peticiones y estará vigente hasta el 31 de agosto de 2012.
La propuesta establece además, un exhorto al Poder Ejecutivo para que reciba en audiencia a una representación de los transportistas para entablar un diálogo y atender sus demandas.
Se solicita de igual manera que el Ejecutivo rinda un informe de actividades a la Cámara de Diputados.

Aprobamos en San Lázaro la ley contra "lavado de dinero"


Con 342 votos a favor, tres en contra y siete abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que obligará a notarios, corredores bursátiles e inmobiliarios, joyeros y casineros, entre otros, a reportar cualquier operación vulnerable al “lavado” de dinero.

El dictamen presentado por las comisiones de Justicia y de Hacienda prevé la creación de la Unidad Especializada en Análisis Financiero de la Procuraduría General de la República, como órgano especializado en la detección e investigación de operaciones con recursos de procedencia ilegal.
Restringe también el pago en efectivo de vehículos terrestres aéreos o marítimos nuevos o usados, así como de joyería, metales, piedras preciosas y obras de arte.

El documento limita la adquisición de boletos para participar en juegos con apuestas, concursos o sorteos, además de regular la entrega o pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos.
Según dijo el legislador  Arturo Zamora Jiménez, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita combate, previene y castiga el blanqueo de capitales provenientes de la delincuencia organizada.

A nombre del PAN, la diputada María Antonieta Pérez Reyes precisó la obligatoriedad de enlistar las actividades consideradas vulnerables para el “lavado” de dinero, así como la imposición de multas en caso de incumplimiento de la ley.
La legisladora Dolores Nazares Jerónimo remarcó la necesidad de combatir el delito, toda vez que la Secretaría de Hacienda estima en 10 mil millones de dólares el excedente registrado anualmente en el sistema financiero mexicano y que presuntamente tiene sus orígenes en actividades ilícitas. (Nota de Milenio)

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viernes, 4 de mayo de 2012

Fortalecemos a la CNDH; podrá proponer al Congreso comparecencias de funcionarios que no acaten sus recomendaciones


Amigos:
Quiero informarles que en la sesión ordinaria del 27 de abril, avalamos otorgar mayores facultades a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), para proponer al Senado o a la Comisión Permanente la comparecencia de servidores públicos que no acepten sus recomendaciones.

El secretario de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, Pablo Escudero Morales, explicó que se elimina la prohibición de la Comisión para conocer de violaciones en materia laboral, de igual manera los Congresos locales podrán llamar a rendir cuentas a servidores que no acepten las recomendaciones, previa solicitud de la Comisión.

El diputado Escudero, dijo que se deja la decisión de la Comisión sobre el número de visitadoras que debe existir, se dan más facultades para que el órgano defensor de derechos humanos pida a la autoridad que se negó a atender las recomendaciones tengan la obligación de fundarlas, motivarlas y hacer públicas sus negativas.
El legislador detalló que la Comisión se pronunciará respecto a la suficiencia de esta negativa, si persiste la negativa; la autoridad persiste en rechazar una recomendación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrá denunciar este hecho ante el Ministerio Público.

“Ponemos un candado para amarrar a estos servidores públicos atender el tema de los derechos humanos, hemos hecho una modificación a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para que quede establecido cuáles son las obligaciones de los servidores públicos y entre ellas responder a las recomendaciones”, señaló.
Expuso que la ley establece que las autoridades deberán atender el llamado de la Cámara de Senadores o en su caso de la Comisión Permanente, “sin duda con esto se fortalece a un organismo autónomo; esta reforma y la constitucional votada el año pasado ha sido un gran logro”, reiteró.

El dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y adiciona el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, fue enviado al Ejecutivo para su publicación.

Hasta 60 años de cárcel a quien incurra en el delito de feminicidio


Con 311 votos a favor, los diputados federales avalamos, en la sesión del 30 de abril, diversas reformas y adiciones para combatir el feminicidio, mediante sanciones que van de los 40 hasta los 60 años de prisión, así como castigar con mínimo ocho años de cárcel a quien cometa el delito de violación sexual.

Los diputado avalamos la minuta del Senado, que reforma al Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a fin de fortalecer el sistema de justicia penal en pro de las mujeres.

La diversas reformas establecen los principios para garantizar la igualdad de género, además de que tipifica como nuevo delito la inseminación no consentida, que alcanzará sanciones de cuatro a siete años de cárcel, y se establece una mayor penalidad a quien lo cometa, para alcanzar de cinco a 14 años de prisión.

El dictamen establece como conducta delictiva el delito de esterilidad provocada, con penas de cuatro a siete años de cárcel, cuando sin el consentimiento de una persona se practiquen en ella procedimientos quirúrgicos, químicos o de cualquier otra índole para hacerla estéril.

Los cambios legales tipifican además como delito el “abuso en medio laboral”, que será castigado con sanciones de tres a ocho años de prisión cuando se obligue a alguien a renunciar a su empleo para evitar responder a acusaciones de acoso, hostigamiento o para ocultar violaciones a la Ley Federal del Trabajo.

Se establece la reparación del daño de manera integral y proporcional a la afectación causada, extendiéndose no sólo al daño patrimonial sino extra patrimonial, y se agrava la pena para el Ministerio Público que no solicita esa reparación.

También cuando haya existido “entre el activo y la víctima” una relación sentimental, afectiva o de confianza, que haya habido amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo contra la víctima, o que su cuerpo sea expuesto o exhibido en un lugar público.
Subraya que los delitos contra menores de edad prescribirán penalmente a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad. 

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jueves, 3 de mayo de 2012

Aprobamos el dictamen que expide la Ley de la Economía Social y Solidaria

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión ordinaria del pasado 30 de abril, aprobamos por 285 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones, el dictamen que expide la Ley de la Economía Social y Solidaria, misma que tiene por objetivo definir las reglas de organización, promoción, fomento y fortalecimiento del sector social de la economía.

El sector social de la economía estará integrado en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

Asimismo, se crea el Instituto Nacional de la Economía Social como un organismo administrativo desconcentrado adscrito a la Secretaría de Economía, el cual tendrá como objeto definir e instrumentar políticas públicas de fomento al sector social de la economía, con el fin de fortalecer y consolidar al sector como uno de los pilares de desarrollo económico del país.

En las consideraciones, se señala que el proyecto de Decreto responde a las necesidades de los grupos sociales de organizarse para satisfacer sus necesidades materiales comunes, sin que con ello se reste responsabilidad al Estado para que implemente acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas gocen de las garantías constitucionales de manera efectiva o que el sector privado deje de realizar tareas como la inversión y generación de empleo.

La Ley de la Economía Social y Solidaria es reglamentaria del séptimo párrafo del artículo 25 de la Constitución, en lo referente al sector social de la economía, toda vez que concuerdan en la necesidad de impulsar un nuevo marco jurídico que permita al sector cooperativo consolidarse como una importante palanca de desarrollo económico del país.

miércoles, 2 de mayo de 2012

Aprobamos reforma a la Ley General de Salud para establecer un registro sanitario de “productos milagro”

Amigos:

Por este medio quiero comunicarles que en la sesión del 10 de abril de 2012, aprobamos con 279 votos a favor el dictamen que reforma la Ley General de Salud, para obligar a las empresas que elaboran “productos milagro” establecer un registro sanitario.

En tribuna, se destacó que el dictamen tiene por objeto imponer a las empresas de productos milagro un registro sanitario, “porque consideramos que si ellos se atribuyen facultades o propiedades terapéuticas, como es el caso de los medicamentos y todo lo relacionado con la salud en el etiquetado y publicidad, entonces también éstos debieran tener justamente registro sanitario”.

La reforma al artículo 376 señala que se requiere un registro sanitario de los medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan; equipos médicos, prótesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos.

Así como de los plaguicidas, nutrientes vegetales, substancias tóxicas o peligrosas y los productos a los que en su etiquetado o publicidad se les atribuyan las mismas acciones o efectos que corresponden a los productos arriba enunciados, independientemente de la clasificación que ostenten o la denominación que se les asigne.


Aprobamos, por unanimidad de 369 votos, la Ley General de Víctimas

Amigos y amigas:

Quiero informarles, con gran satisfacción, que en la última sesión del periodo ordinario de la LXI Legislatura, aprobamos por unanimidad de 369 votos, el dictamen que expide la Ley General de Víctimas y establece la reparación del daño por parte del Estado a todas las personas que han sido agraviadas por la comisión de un delito o que han sido conculcadas en sus derechos fundamentales.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, Humberto Benítez Treviño, subrayó que la reforma representa un reclamo del pueblo mexicano en materia de atención a las víctimas, del delito de secuestro, desaparición forzada y privación de la vida.

Indicó que la Ley es reglamentaria de los artículos primero, 17 y del apartado C del artículo 20 constitucionales. Consta de 189 artículos y 16 transitorios, y su objetivo, dijo, es crear un sistema integral de atención a la víctimas, donde se crucen “el derecho a la verdad, el derecho a la justicia, a la reparación integral y las garantías de no repetición por parte del Estado”.

Precisó que se establece un Registro Nacional de Víctimas, con el fin de conocer el universo de afectados, cuyo cálculo en 2011, ascendió a 70 mil personas afectadas en el combate al crimen organizado.

Benítez Treviño indicó que también se crea un fondo de reparación para las víctimas que se constituye de manera inicial por 270 millones de pesos provenientes de partidas presupuestales.

Comentó que el fondo se enriquecerá con los bienes decomisados al crimen organizado producto de la Ley de Extinción de Dominio aprobada el año anterior, así como con las fianzas efectivas y donaciones en la materia.

El dictamen avala la creación de la Comisión Ejecutiva de la Vigilancia y Protección de las víctimas, institución autónoma de gestión que se compondrá de 5 consejeros que serán electos por el Senado a propuesta del Ejecutivo federal.

Establece la distribución de competencias a la Federación, a los estados, al Distrito Federal y municipios, definiendo las responsabilidades de todas las dependencias e instancias de los tres poderes que participan, de conformidad con sus propias atribuciones, en la aplicación de los componentes de la ley.

El dictamen fue enviado al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

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