miércoles, 29 de febrero de 2012

Aprobamos mejorar las prestaciones de seguridad social a elementos del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México


Amigos:

Con sumo beneplácito, quiero informarles que en la sesión ordinaria del 16 de febrero, aprobamos con 321 votos a favor diversas modificaciones a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a fin de mejorar las prestaciones de seguridad social y fortalecimiento de la seguridad jurídica de los elementos del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México.

Al fundamentar el dictamen en tribuna se destacó que se establece un aumento en el haber de retiro a los militares con 20 o más años de servicios efectivos. A partir de los 20 años de servicios, el incremento en el haber a partir de 50 por ciento, se incrementará en 1 por ciento, por cada año de servicio llegando a 59 por ciento, cuando el militar tenga 29 años de servicios.

Se abundó que la ley abre la para el otorgamiento de un crédito hipotecario, a juicio de la junta directiva del instituto, a la viuda, viudo, concubina o concubinario con derecho a pensión o al militar incapacitado con haber de retiro. Se reduce de 10 a 6, el número de años depositando al fondo de vivienda para poder acceder a un crédito de vivienda.

La ley señala que en caso de fallecimiento de un militar o de incapacidad, la viuda o viudo, concubina o concubinario tienen derecho a pensión, o al militar incapacitado con haber de retiro, se les podrá otorgar un crédito hipotecario, sin importar el número de años de servicios y de los depósitos que haya constituido a su favor.

El dictamen a la minuta que reforma los artículos 12, fracción VII; 31, fracción III; 108, fracción II; 135; 214, y se adicionan un párrafo tercero al artículo 19; un segundo párrafo al artículo 40 recorriéndose el subsecuente en su orden; y un segundo párrafo a la fracción I del artículo 102; de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, fue enviado al Ejecutivo.

martes, 28 de febrero de 2012

Incorporamos la perspectiva de género en el diseño de políticas de desarrollo social

Amigos:

Por este medio quiero comunicarles que aprobamos el dictamen que permitirá eliminar las causas de la opresión, como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género que se plantea en el diseño y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social.

El dictamen votado por 273 a favor y 3 en contra propone adicionar la fracción X al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, a fin de agregar como uno de los principios rectores de la política de desarrollo social la perspectiva de género, una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres.

En la tribuna se destacó que se trata de impulsar en la legislación la necesidad de organizar políticas públicas desde una perspectiva de género y erradicar cualquier tipo de discriminación.

lunes, 27 de febrero de 2012

Aprobamos incluir el término accesibilidad como otro índice para medir la pobreza

Amigos:
Quiero informarles que en la sesión ordinaria del pasado 14 de febrero, aprobamos reformas a la Ley General de Desarrollo Social para que en la medición de la pobreza de comunidades y localidades, se consideren sus dificultades de acceso físico, lo cual permitirá determinar mejor los problemas que enfrenta gran parte de la población vulnerable.
El dictamen, aprobado con 286 votos a favor, cero en contra y una abstención, modificó el artículo 36 de esta ley, para el cual establece que se tomará en cuenta el grado de “accesibilidad” dentro de los indicadores de medición de pobreza que aplican las entidades y dependencias públicas que participan en la ejecución de programas de desarrollo social.
El documento señala que la “accesibilidad” debe entenderse como una red de infraestructura física que permite movilizar bienes, servicios, información y personas entre distintos puntos del territorio. Además brinda a las comunidades más alejadas del país acceso a infraestructura de salud y educación.
Considera que la accesibilidad permite establecer relaciones y tiene como meta el crecimiento económico, la competitividad y el desarrollo humano de los pueblos.

viernes, 24 de febrero de 2012

Jóvenes de entre 16 y 18 años no podrán participar en el Ejército en conflictos armados

Amigos:
Para que los menores de 18 años y mayores de 16 años que se incorporen de manera voluntaria al Ejército no puedan participar en conflictos armados, hostilidades u operaciones de seguridad interior, en la sesión del 14 de febrero, aprobamos reformas a la Ley del Servicio Militar Nacional.
El dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, aprobado con 284 votos a favor, cero en contra y 11 abstenciones, plantea agregar los párrafos tercero y cuarto a la fracción II del artículo 24 de dicha Ley para la protección de adolescentes respecto a la posibilidad de que puedan incorporarse al activo del Ejército de manera anticipada.
De esta forma, los jóvenes no participarán en operaciones que pongan en peligro su vida, integridad corporal o sano desarrollo, físico y mental. La Secretaría de la Defensa Nacional implementará las medidas necesarias para ello, sin limitar su formación en las áreas y temas de las armas y disciplina militar, así como de planes de atención a la población civil en caso de desastres naturales.
Mi compañera, la diputada Elsa María Martínez Peña de Nueva Alianza señaló la importancia de esta precisión, ya que actualmente no hay una disposición que prohíba y frene la decisión de canalizar a dichos adolescentes a la participación en conflictos armados.
“Estamos viviendo en México un periodo de violencia originada por el combate frontal contra la delincuencia organizada. En esta lucha, las Fuerzas Armadas tienen participación determinante y seguirán combatiendo a los cárteles mientras no se avance en la depuración, capacitación y coordinación de las policías”.
En tanto, mi compañero, el diputado Bernardo Margarito Téllez Juárez subrayó que no tenemos una tradición bélica, pero actualmente las condiciones sociales han sufrido una transformación, “no necesariamente se trata de una amenaza proveniente del exterior, sino de situaciones internas de seguridad ocasionadas por el crimen organizado y derivado de la incapacidad de autoridades locales para afrontarlas”.
Señaló que se debe afianzar el marco jurídico para proteger derechos de los adolescentes y privilegiar su desarrollo integral, así como cumplir los compromisos internacionales en la materia.
Aprobado en lo general y en lo particular, se envió al Senado para los efectos constitucionales.

jueves, 23 de febrero de 2012

Establecemos sanciones a quienes elaboren comida para animales con sustancias tóxicas o peligrosas

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del 7 de febrero aprobamos, por unanimidad, con 275 votos a favor, la reforma a la Ley General de Salud, con el que se establecen sanciones a quienes elaboren alimentos o agua de consumo animal con sustancias toxicas o peligrosas para la salud humana.

Las penas serán de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de cien a dos mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

En las consideraciones, se expone que el derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

Se precisa que el consumo de productos cárnicos derivados del ganado alimentado con beta análogos, como el clembuterol, que aumentan la masa muscular disminuyendo el tejido graso y aminorando la ingesta oral, ocasiona intoxicación en las personas que consumen estos productos, por lo que el uso de dichas sustancias constituye un riesgo a la salud.

Por lo anterior, se subraya la obligación por parte de las autoridades el llevar a cabo acciones tendientes a eliminar el riesgo antes mencionado.

“El clembuterol tiene efectos a corto y largo plazo y su relación con problemas por su consumo, principalmente cardiacos y del sistema nervioso, causando: taquicardia (palpitaciones), nerviosismo, temblores generalizados, temblores de los dedos, cefalea (dolor de cabeza), sudoración, insomnio, espasmos musculares, aumento de la presión arterial y náuseas, esto debido a su toxicidad al consumir carne contaminada, por lo cual su empleo en el ganado es ilegal”, señala el dictamen.

El dictamen fu turnado al Senado para sus efectos constitucionales.

Aprobamos reforma a la Ley General de Salud para garantizar atención a comunidades indígenas

Amigos:

Quiero informarles por este conducto que en la sesión ordinaria del pasado 7 de febrero aprobamos con 308 votos el dictamen que establece que los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, tienen derecho a obtener en sus lenguas la información necesaria en materia de salud en su lengua.

El dictamen establece que los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud, sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.

El dictamen que se aprobó adiciona un segundo párrafo al artículo 51 Bis 1, de la Ley General de Salud, para establecer que cuando se trate de la atención a los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, éstos tendrán derecho a obtener información necesaria en su lengua o variante lingüística de suy comunidad.

miércoles, 22 de febrero de 2012

Aprobamos reforma a la Ley General de Salud para fortalecer acciones preventivas

Amigos:

Deseo informarles que en la sesión ordinaria del pasado 9 de febrero se facultó a la Coordinación del Sistema Nacional de Salud impulsar acciones que promuevan que todos los mexicanos reciban y participen en la atención preventiva, a fin de mantener un enfoque de autocuidado basado en el fomento de la educación para la salud.

Con 314 votos a favor, siete en contra y dos abstenciones, avalamos las reformas y diversas disposiciones a la Ley General de Salud, en materia de atención preventiva integrada a la salud, por lo que ahora se podrá tener acciones de promoción y protección en tan solo una consulta.

El documento establece que la consulta de prevención la podrá realizar una misma persona en el mismo consultorio o módulo. Se implementarán grupos entre la población para brindar la atención preventiva integrada a la salud.

Asimismo, especifica que la atención preventiva integrada a la salud, consistirá en realizar todas las acciones de promoción y protección de la salud de acuerdo con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas.

“Se considera de suma necesidad para el país que la atención preventiva integrada a la salud se focalice a los riesgos de acuerdo a la edad y al sexo del paciente, para que de esta forma se le pueda tratar de manera más rápida y efectiva”, destaca la exposición de motivos.

Aprobamos la creación de la Ley sobre Controversias Derivadas de la Atención Médica

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del pasado 9 de febrero aprobamos, con 299 votos el dictamen que expide la Ley sobre Controversias Derivadas de la Atención Médica, con la finalidad de mantener un esquema normativo vinculado con el rubro de los derechos humanos y protección a los usuarios de los servicios médicos.

El documento del dictamen señala que la expedición de esta Ley procurará una justicia más pronta y expedita en las controversias de salud y tiene como objeto tutelar los mecanismos alternativos a la vía jurisdiccional, para la solución de controversias que surjan entre los usuarios de los servicios médicos.

El presidente de la Comisión de Salud, mi compañero Miguel Antonio Osuna Millán explicó que con dicha Ley se podrá contar con mecanismos para dirimir controversias derivadas de la atención médica, lo cual resultará positivo tanto para los usuarios y prestadores de servicios médicos.

También, indica la conveniencia de contar con un marco regulatorio para solucionar controversias en cuestiones médicas toda vez que con la expedición de la Ley se establecerán condiciones de equidad para las partes involucradas.

También faculta a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) para tener competencia en todo el territorio nacional, para conocer de quejas médicas en contra de los prestadores de servicios de carácter federal, y de los estatales, municipales y del Gobierno del Distrito Federal, cuando así lo solicite el usuario de los servicios de salud.

La Ley establece que los usuarios que presenten queja médica ante la Comisión Nacional no estarán obligados a agotar los procedimientos administrativos para la atención de su inconformidad.

martes, 21 de febrero de 2012

Avalamos reforma a la Ley General de Salud para la protección integral de la mujer durante el embarazo, parto y 40 días después de dar a luz

Amigos:

Por este medio quiero informarles que en la sesión del pasado 9 de febrero aprobamos el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, con el objeto de brindar atención materno-infantil y la promoción de la salud materna, que abarca el periodo que va del embarazo, parto, post-parto y 40 días posteriores de dar a luz, en razón de la condición de vulnerabilidad en que se encuentra la mujer y el recién nacido.

El presidente de la Comisión de Salud, mi compañero, Antonio Osuna Millán, dijo que con ello se reduciría la mortalidad infantil y garantizaría la asistencia médica y sanitaria necesaria para las futuras madres.

Además, se refuerza el marco legal para dar protección integral a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, incluida la atención psicológica. Asimismo, se refuerzan las acciones de participación de los sectores social, privado y de la sociedad en los servicios de salud.

De igual manera, se deberán implementar acciones de orientación y vigilancia institucional, fomento para la lactancia materna, promoviendo que la leche materna sea alimento exclusivo durante los primeros seis meses de vida y complementario hasta avanzado el segundo año.

El documento aprobado por 316 votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones, indica que también se deberán realizar acciones de promoción para la creación de bancos de leche humana en los establecimientos de salud que cuenten con servicios neonatales.

El dictamen enviado al Senado de la República señala que la operación de cesárea será efectuada cuando exista causa médica que la justifique, y su práctica deberá sujetarse a las disposiciones que emita la Secretaría de Salud, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Reformamos la Ley de Ciencia y Tecnología para generar políticas de promoción

Amigos:

En la sesión ordinaria del 9 de febrero, aprobamos por 316 votos a favor, el dictamen que reforma diversos artículos de la Ley de Ciencia y Tecnología, con lo que se establecen mecanismos de coordinación y vinculación para la generación de políticas de promoción, difusión, desarrollo y aplicación de la ciencia, la tecnología y la innovación.

Se señala que las dependencias y entidades de la administración pública, así como las instituciones de educación superior pública y de enseñanza media superior, promoverán activamente el desarrollo tecnológico y la innovación.

Asimismo, la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología establecerán mecanismos de coordinación y colaboración para apoyar conjuntamente los estudios de posgrado, poniendo atención especial al incremento de su calidad; la formación y consolidación de grupos académicos de investigación, y la investigación científica básica en todas las áreas del conocimiento y el desarrollo tecnológico.

En las consideraciones del dictamen, se expone que en los últimos años, el acelerado avance científico y tecnológico mundial ha obligado al país a dar un lugar prioritario a la educación e investigación, impulsando la ciencia, la tecnología e innovación como condiciones indispensables para garantizar la viabilidad de México como nación desarrollada.

El documento resalta que el desempeño tecnológico depende no solamente de los recursos que se destinan a la investigación como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB), sino en buena medida de la interacción entre empresas, universidades y organizaciones públicas y privadas; es decir, de la vinculación entre el sector científico y tecnológico y el sector productivo.

lunes, 20 de febrero de 2012

Avalamos reforma a leyes Orgánica de la Armada de México y del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos respecto a licencias para militares


Amigos:

Quiero informarles que en la sesión del pasado 16 de febrero, aprobamos por 303 votos a favor, 3 en contra y 7 abstenciones, el dictamen que reforma las leyes Orgánica de la Armada de México y del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, con lo que establece que la licencia por edad límite se conceda por una sola ocasión, con goce de las percepciones que recibe el personal naval que las solicite.

Con ello, se armonizan las normas jurídicas que rigen al Ejército y Fuerza Aérea con las disposiciones de la Armada de México.

La minuta establece otorgar el beneficio de la licencia por edad límite desde los 20 años para el personal de tropa en el caso de los militares, y clases y marinería para el caso del personal de la Armada de México, y de 25 años para generales, jefes y oficiales; y almirantes, capitanes y oficiales, se le permite al militar conservar intactos sus derechos y sus haberes, hasta en tanto se adapta a su nueva situación laboral de retiro.

En las consideraciones, se señala que se busca mejorar las condiciones de seguridad social de los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas, quienes cada día cumplen con sus responsabilidades alentados por una clara voluntad de servicio y un probado sentido de Estado.
Se comenta que el dictamen, reconoce a los militares que entregaron su vida al servicio y defensa de los intereses de México y de los mexicanos, así como a sus familias, que tanto les han apoyado en la carrera de las Armas.
El dictamen fue turnado al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

viernes, 17 de febrero de 2012

Establecemos normas jurídicas para la donación y conservación de células progenitoras o troncales

Amigos:

Deseo hacer de su conocimiento que en nuestra sesión del pasado 7 de febrero, los diputados aprobamos por 262 votos a favor, 7 en contra y 2 abstenciones, la reforma a la Ley General de Salud, con lo que se establecen normas jurídicas para la donación y conservación de células progenitoras o troncales.

Se avaló incluir una definición de células progenitoras o troncales; además, los establecimientos de salud dedicados a la extracción de células deberán cumplir con los requisitos de la autorización emitida por la Secretaría de Salud.

Asimismo, se subrayó que no considerarán actos de comercio la recuperación de los costos derivados de la obtención o extracción, análisis, conservación, preparación, distribución, transportación y suministro de órganos, tejidos, incluyendo la sangre y sus componentes, y células progenitoras o troncales.

En las consideraciones, se expone que la investigación con células progenitoras constituye actualmente uno de los grandes hitos científicos alcanzados por las denominadas biociencias.

Se señala que se entiende por células progenitoras o troncales aquellas que todavía no se han convertido en células diferenciadas de un determinado órgano o tejido, por lo que son capaces de autorreplicarse hacia diversos linajes celulares especializados.

El dictamen establece que México ha quedado rezagado en términos de investigación científica con células progenitoras, por lo que es necesario establecer un marco normativo que dé certeza jurídica a la investigación científica en este campo.

El registro de los trasplantes de células progenitoras o troncales estará a cargo del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.

El dictamen fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.